Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

578511

de cooperación y/o colaboración interinstitucional u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas; a excepción de aquellos que se suscriban con los Poderes del Estado, Ministerios, Organismos Autónomos contemplados en la Constitución Política del Perú y con instituciones u organismos internacionales, los cuales radican únicamente en la Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, se viene gestionando la suscripción del convenio específico de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Ministerio del Interior con participación de la Policía Nacional del Perú, cuyo objetivo es implementar los mecanismos e instrumentos de colaboración entre las partes, que permitan aunar esfuerzos y desarrollar acciones conjuntas para asegurar una adecuada protección de los Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI) que habitan en los departamentos Ucayali y Madre de Dios; Que, se ha visto por conveniente delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, la facultad de suscribir exclusivamente el convenio específico de cooperación interinstitucional a que se hace referencia en el párrafo precedente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 0052013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el señor Mario Christofer Huapaya Nava, Secretario General del Ministerio de Cultura, la facultad de suscribir el convenio específico de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Ministerio del Interior con participación de la Policía Nacional del Perú, cuyo objetivo es implementar los mecanismos e instrumentos de colaboración entre las partes, que permitan aunar esfuerzos y desarrollar acciones conjuntas para asegurar una adecuada protección de los Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI) que habitan en los departamentos Ucayali y Madre de Dios. Artículo 2°.- La delegación de facultades efectuada al Secretario General del Ministerio de Cultura, a través de la Resolución Ministerial N° 017-2016-MC, mantendrá plena vigencia en lo que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución al Secretario General del Ministerio de Cultura y al Ministerio de Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1347768-1

de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao del Ministerio de Cultura; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la misma y designar al funcionario que asumirá el cargo de Director de Órgano Desconcentrado ­ Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y por la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Enrique Arnaldo Sánchez Bardales, al cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao del Ministerio de Cultura, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 430-2015-MC de fecha 23 de noviembre de 2015, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Augusto Felipe Zavala Rojas, en el cargo de Director de Órgano Desconcentrado ­ Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao del Ministerio de Cultura. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución Ministerial al señor Enrique Arnaldo Sánchez Bardales, al señor Augusto Felipe Zavala Rojas y a la Oficina General de Recursos Humanos para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1347758-1

DEFENSA
Decreto Supremo que aprueba la adscripción del Instituto Nacional de Defensa Civil al Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 002-2016-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Designan Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 072-2016-MC Lima, 19 de febrero de 2016 Vistos, la renuncia presentada por el señor Enrique Arnaldo Sánchez Bardales y el Informe N° 0000752016/OGRH/SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público y constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 4302015-MC de fecha 23 de noviembre de 2015, se designó al señor Enrique Arnaldo Sánchez Bardales en el cargo

Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública, teniendo como propósito fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, conforme al literal c) del artículo 6 de la citada Ley, en el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afines; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1134, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, en cuyo artículo 5 se establece que el citado Ministerio ejerce entre otras funciones rectoras, la de dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política de Seguridad y Defensa Nacional, en concordancia con lo dispuesto por el Presidente de la República en su calidad de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, así como con los acuerdos adoptados por el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional y la normativa vigente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.