Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2016 (23/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Martes 23 de febrero de 2016 /

El Peruano

designado temporalmente como Subgerente de Recursos Humanos, como responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo las ofertas de puestos públicos de la Municipalidad de Pueblo Libre, de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27736 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda resolución que contravenga a la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1347936-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2016-MPC Cañete, 15 de febrero de 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 08 de febrero del 2016, la Carta de fecha 4 de febrero del 2016, de la Sra. Liliana Robenson President & CEO ­Etnika Foundation, en el cual confirma el evento para promover Cañete en Washington DC en el Consulado de Perú, en conmemoración del mes de la Historia Negra en los Estados Unidos; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 001-2016-MPC de fecha 18 de enero del 2016, se autorizó el viaje del Lic. Alexander Julio Bazán Guzmán ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, a la Ciudad de Washington EE.UU. (Olney Laytonsville Rd, Olne, MD 20832) desde el día 20 de enero al día 24 de enero del 2016, aceptando la invitación de Fundación Etnika, con la finalidad de participar, promover la cultura peruana, destacando a Cañete como destino turístico; Que, mediante OFFICIAL INVITATION, la Sra, María Liliana Robenson, en calidad de Presidenta y Directora Ejecutiva de la Fundación Etnika, señala que dado el clima inclemente en el área de Washington DC, deja saber que el evento que ha sido pactado para el jueves 21 de enero, ha sido agendado para el jueves 11 de febrero del 2016; Que, con la Carta de fecha 4 de febrero del 2016, de la Sra. Liliana Robenson President & CEO ­

Etnika Foundation, confirma el evento para promover Cañete, en conmemoración del mes de la Historia Negra en los Estados Unidos, evento que se realizará del 24 al 27 de febrero del presente año, en las instalaciones del Consulado de Perú en Washington DC, para lo cual solicita se le autorice el viaje a partir del 23 de febrero; Que, la Fundación Etnika en lo posible agendará reuniones imprescindibles para la región con entidades gubernamentales y privadas para el propósito de cerrar convenio y conocer directamente las personas que gestionan la presentación de los proyectos de desarrollo urbano para las comunidades; Que, la Ley Nº 27619 regula la Autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su Art. 2º establece que "la autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, deberá ser debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifico de la institución", en el presente caso el viaje del señor Alcalde a Washigton EE.UU., evento a realizarse en Olney Laytonsville Rd, Olney MD 20832, se sustenta en que tendrá como foco principal promover la cultura Peruana, pudiendo destacar a Cañete como destino turístico; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que; "en caso de vacancia o ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; en caso de vacancia el regidor, lo reemplaza ; I) el Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; II) a los regidores, los suplentes respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral"; por lo que se hace necesario encargar el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica, con el voto mayoritario; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del Lic. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, a la ciudad de Washington EE.UU. (Olney Laytonsville Rd, Olney, MD 20832), desde el día 23 al día 27 de febrero del 2016, aceptando la invitación de la Fundación Etnika, con la finalidad de participar en el evento en conmemoración del mes de la historia negra en los EE. UU. y promover a Cañete como destino turístico. Artículo 2º.- ESTABLECER que la gestión que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo no generará egreso alguno a la Municipalidad Provinciald e Cañete. Artículo 3º.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía al 1º Regidor hábil (Teniente Alcalde), Sr. Ciro Giuliano Cárdenas Gutiérrez, mientras dure la ausencia del Alcalde. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General efectuar la publicación del presente en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- REMÍTASE el presente a la Gerencia Municipal y demás órganos de la Municipalidad Provincial de Cañete, para conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1348151-1

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