Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2016 (12/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 12 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592721

para presentar un informe final ante el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 12.- Publicación La presente resolución ministerial es publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1402780-1

Artículo 2º.- Encargar, a partir de la fecha, al señor FIDEL ANTONIO ZEGARRA GRANDA las funciones de Administrador Local de Agua Camaná ­ Colca. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1402782-1

AMBIENTE AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Ambiental 2017-2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 174-2016-MINAM Lima, 7 de julio de 2016 Visto; el Informe N° 226-2016-MINAM/SG/OPP de 01 de julio de 2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorando N° 418-2016-MINAM/SG/ OAJ de 07 de julio de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de actuación; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que para la elaboración de los Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, se deberá tomar en cuenta el Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2011-PCM se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ­ PEDN, denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, disponiéndose en el artículo 2 del citado decreto supremo, que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajusten sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, de acuerdo al artículo 15 de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/ PCD y modificada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 107-2014-CEPLAN-PCD, el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) es el documento elaborado por los Ministerios del Poder Ejecutivo para cada sector bajo su rectoría y se redacta en la Fase Estratégica y utiliza información generada en la Fase de Análisis Prospectivo. Asimismo, se precisa que dicho documento presenta la estrategia de desarrollo del sector para el logro de los objetivos establecidos en el PEDN y toma como referencia el Marco Macroeconómico Multianual - MMM que elabora el Ministerio de Economía y Finanzas cada año, elaborándose para un periodo de 5 años; Que, mediante Resolución Ministerial N° 3342012-MINAM de 26 de diciembre de 2012, se aprueba el

Dan por concluida encargatura y encargan funciones de Administrador Local de Agua Camaná - Colca
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 185-2016-ANA Lima, 11 de julio de 2016 VISTO: El Memorándum N° 932-2016-ANA-DCPRH/ GRH, de fecha 11 de julio de 2016, del Director de la Dirección de Conservación y Planeamiento Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 016-2015ANA, de fecha 20 de enero de 2015, y Resolución Jefatural N° 081-2016-ANA, de fecha 01 de abril de 2016, se encargaron las funciones de Administrador Local de Agua Colca ­ Siguas ­ Chivay, y Camaná ­ Majes, al señor Fidel Antonio Zegarra Granda; Que, mediante Resolución Jefatural N° 174-2016ANA, de fecha 05 de julio de 2016, se aprobó la delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Camaná ­ Colca, la que comprende los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua Colca ­ Siguas ­ Chivay, y Camaná ­ Majes; Que, mediante el Memorándum del Visto, el Director de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, señala que la Administración Local de Agua Camaná ­ Colca, comprende los ámbitos de las Administraciones Locales de Agua Camaná ­ Majes y Colca ­ Siguas - Chivay; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposiciones Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura de funciones de las Administraciones Locales de Agua Colca ­ Siguas ­ Chivay, y Camaná ­ Majes, otorgadas al señor Fidel Antonio Zegarra Granda, dándosele las gracias por los servicios prestados.

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