Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2016 (12/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 12 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592729

Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a Austria, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2016-EF Lima, 11 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 11 de mayo de 2016, el Banco Mundial (BM) cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas, para participar en el taller "Implementing Government Debt Management Strategies", a llevarse a cabo en la ciudad de Viena, República de Austria, del 18 al 22 de julio de 2016; Que, el referido taller tiene como objetivo capacitar a los participantes respecto a la Estrategia de Gestión de la Deuda Pública, que consiste en: (i) Implementar una estrategia para la gestión de endeudamiento público con el objeto de obtener el monto de financiamiento requerido; (ii) Alcanzar los objetivos de riesgo y costo y satisfacer cualquier otra meta relacionada que se haya propuesto el gobierno; y, (iii) Desarrollar un mercado eficiente para los títulos de endeudamiento público; Que, asimismo, el taller "Implementing Government Debt Management Strategies" permitirá desarrollar un mercado eficiente para los títulos de endeudamiento público, así como fortalecer la reputación del Tesoro Público respecto al cumplimiento de su compromiso de profundizar el desarrollo del mercado de valores de deuda pública y de contribuir a mantener la estabilidad financiera; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino, Director de la Dirección de Créditos de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el referido evento, toda vez que le permitirá capacitarse y fortalecer sus conocimientos en materia de deuda pública, así como continuar con el trabajo que viene desarrollando el Ministerio de Economía y Finanzas en la formulación de la Estrategia de la Deuda Pública; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolución suprema; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por viáticos serán cubiertos por el Banco Mundial (BM), mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Pedro Valentín Cobeñas Aquino, Director de la Dirección de Créditos de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, del 16 al 23 de julio de 2016, a la ciudad de Viena, República de Austria,

para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 3 136,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1403159-6

PRODUCE
Aprueban el Reglamento Interno del Servidor Civil - RIS del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES)
ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA SANIPES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 061-2016-SANIPES-DE Surquillo, 11 de julio de 2016 VISTOS: El Informe Nº 096-2016-SANIPES/URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando N° 1814-2016-SANIPES/OA de la Oficina de Administración; el Informe N° 052-2016-SANIPES/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 410-2016-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30063, se creó el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), estableciendo en su Única Disposición Complementaria Transitoria que en tanto se implemente el régimen del Servicio Civil dentro del SANIPES, éste se encontrará regido conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), el cual establece que el personal del

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