Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2016 (12/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 12 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Acuña Ulloa, al cargo de Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), establece que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, es el órgano de apoyo responsable de planificar, organizar, dirigir e implementar las actividades referidas al sistema de gestión de recursos humanos de la entidad; Que, en consecuencia resulta necesario designar al nuevo funcionario responsable, encargado de remitir las ofertas de empleo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación del Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); la Ley N° 27736, Ley de Transmisión Radial y Televisión de Ofertas Laborales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2004TR; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Leonardo Pedro Acuña Ulloa, ex Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; realizada mediante Resolución Ejecutiva N° 054-2015-ITP/DE. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Renzo Vigo Carrillo, Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3.- Notifíquese la presente Resolución a los interesados para los fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCON DIAZ Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1402695-1

el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016, Que, de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, conforme el detalle que se consigna en la presente resolución, a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de pago de cuotas Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar los pagos de las siguientes cuotas:
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En soles) 41 490 443 156

PERSONA JURÍDICA ACADEMIA DE LA HAYA DE DERECHO INTERNACIONAL ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN CENTRO DE DESARROLLO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO CENTRO REGIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PAZ, EL DESARME Y EL DESARROLLO EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE COMISIÓN INTERNACIONAL DE LA BALLENA COMITÉ CIENTÍFICO PARA INVESTIGACIÓN ANTÁRTICA LA

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RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar pago de cuotas a organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2016-RE Lima, 11 de julio de 2016 VISTO: El Memorándum Nº OPM0194/2016, de 22 de junio de 2016, de la Dirección de Organismos y Política Multilateral, mediante el cual se solicita la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó

008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

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COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONFERENCIA DE LA HAYA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO CONSEJO DE ADMINISTRADORES DE LOS PROGRAMAS NACIONALES ANTÁRTICOS CONVENCIÓN DE OTTAWA ­ CONVENCIÓN SOBRE LA PROHIBICIÓN DEL EMPLEO, ALMACENAMIENTO, PRODUCCIÓN Y TRANSFERENCIA DE MINAS ANTIPERSONALES Y SOBRE SU DESTRUCCIÓN CONVENCIÓN SOBRE MUNICIONES EN RACIMO FONDO CENTRAL PARA ACCIÓN DE EMERGENCIAS

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