Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2016 (12/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 12 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA; el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 039-2014-EM; el Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-EM; y el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE; Que, de ese mismo modo, la Evaluación del Desempeño Ambiental del Perú del año 2016, realizada por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Comisión para América Latina y el Caribe (CEPAL), que dentro de sus recomendaciones señala la inclusión y ampliación de la Evaluación Ambiental Estratégica para evaluar los efectos ambientales de las políticas, como herramientas de planificación de largo plazo; Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, la presente propuesta ha sido sometida a consulta y participación ciudadana, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental; de la Secretaría General; de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; el Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Criterios y Mecanismos para la implementación del Proceso De Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. La presente resolución y su Anexo serán publicados, asimismo, en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1402769-2

Aprueban el "Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 176-2016-MINAM Lima, 8 de julio de 2016 Vistos, los Informes N° 001-2016-MINAM/VMGA/ DGCA/CMBS/ST y N° 002-2016-MINAM/VMGA/DGCA/ CMBS/ST de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene

derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, de conformidad con el artículo 56 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se determina que la Autoridad Ambiental Nacional la constituye el Ministerio del Ambiente ­ MINAM; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 28611 establece que el MINAM coordina con las autoridades competentes, la formación, ejecución y evaluación de los planes destinados a la mejora de la calidad ambiental o la prevención de daños irreversibles en la zona vulnerables o en las que se sobrepasen los Estándares Nacional de Calidad Ambiental, y vigila, según sea el caso, su fiel cumplimiento; Que, de acuerdo al artículo 3 del mencionado Decreto Legislativo, el objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; teniendo como uno de sus objetivos específicos, asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan; Que, mediante Resolución Suprema Nº 288-2014PCM se crea la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar y proponer el Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema señala como principales funciones de la comisión elaborar y proponer el Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial emitida por el Ministerio del Ambiente; así como la estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura, para complementar esfuerzos con el "Comité de Gestión de la Zona Marino Costera de la Provincia de Sechura"; Que, según el artículo 9 de la Resolución Suprema Nº 288-2014-PCM, el Informe Final de la comisión contendrá la propuesta de Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura, así como la estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del mencionado Plan; dicho informe debe ser presentado ante el Ministro del Ambiente para su evaluación y aprobación; Que, con Oficio N° 135-2016/GRP-450000, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Piura comunica, en su calidad de copresidente de la comisión, la validación del proceso y propuesta de "Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura" y "Estrategia de gestión, coordinación y cooperación interinstitucional para la ejecución del Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura"; Que, asimismo, mediante Acta de fecha 20 de junio de 2016, el pleno de la Comisión Multisectorial encargada de elaborar y proponer el Plan de Prevención y Mejoramiento de la Calidad Ambiental de la Bahía de Sechura acuerda manifestar su conformidad respecto al plan y su estrategia de implementación, proponiendo al Ministro del Ambiente la respectiva aprobación de tales documentos; Que, de acuerdo a los informes del visto, emitidos por la Dirección General de Calidad Ambiental, en su calidad de Secretaría Técnica de la mencionada comisión multisectorial, se ha culminado con la revisión del plan de prevención y su estrategia de implementación, contando con la conformidad del pleno de la comisión con el desarrollo de la cuarta reunión, conforme a lo expuesto en el considerando precedente, dando cumplimiento a la

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