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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2016 (16/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 33

593187 NORMAS LEGALES Sábado 16 de julio de 2016 El Peruano / Que, los ocho (8) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes: 1 ARCOS ORÉ RICHARD WILLIAM 2 VALENZUELA DE ÑAUPA ANA MARÍA 3 ÁLVAREZ CUEVA MARIO BELTRÁN 4 CANCHARI AGUADO YGNACIO 5 VALENZUELA PAUCAR ALFREDO ELISEO 6 CUSIPUMA DE PAUCAR LINA 7 VALENZUELA PAUCAR ÁLVARO ANTENOR 8 VILCAPUMA FLORES FABIÁN MARIO Que, en el Informe Técnico PRP N° 0022-2016-MINAGRI-PCC-UN/JAR, que sustenta el Informe de Evaluación PRP N° 044-2016-MINAGRI- PCC-UN, se determina el monto total que cofi nancian EL PROGRAMA y LA ORGANIZACIÓN, para la ejecución del referido PRP, siendo distribuido de acuerdo al detalle siguiente: Rubro Financiamiento MINAGRI (Componente No Reembolsable) Contrapartida de la Organización (Componente Reembolsable) Total S/ Proyecto de Reconversión Productiva Agropecuaria S/ 1 698 793,82 (80%) S/ 424 698,45 (20%) S/ 2 123 492,27 Monto Total S/ S/ 1 698 793,82 S/ 424 698,45 S/ 2 123 492,27 Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP N° 0044- 2016-MINAGRI- PCC, emite opinión favorable para la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente fi nanciamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los “Lineamientos Específi cos para la atención del MINAGRI de pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria, prioritariamente de arroz en la costa norte del país y de algodón en Ica”, aprobados por Resolución Ministerial N° 0082 - 2015 - MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Informe N° 809-2016-MINAGRI -OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación, a Ministerio de Agricultura y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prorrogado en su vigencia por la Ley N° 30462; la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0082-2014-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos Específi cos para la atención del MINAGRI de pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria, prioritariamente de arroz en la costa norte del país y de algodón en Ica”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la “COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS - VALLE DE PISCO LTDA. - COSERFI”, a favor de los ocho (8) miembros que se detallan en el octavo considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en el Distrito de INDEPENDENCIA, Provincia de PISCO, Departamento de ICA, contenido en el proyecto de “Reconversión del Cultivo de Algodón” para la instalación y producción de MANDARINA, en 31.86 hectáreas, incluido su fi nanciamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notifi cación de la “COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS - VALLE DE PISCO LTDA. - COSERFI”, a fi n que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de “Reconversión del Cultivo de Algodón”, para la instalación y producción de MANDARINA, en 31.86 hectáreas de los predios antes mencionados pertenecientes a los ocho (8) productores de la “COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS - VALLE DE PISCO LTDA. - COSERFI”, referidos en el octavo considerando de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1404819-22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0364-2016-MINAGRI Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva N° 228 - 2016 - PRP, iniciado por la “ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES CACAOTEROS EL NUEVO AMANECER DE PAURIALI CENTRO POBLADO PUEBLO LIBRE PAURIALI DISTRITO DE MAZAMARI”, el Informe Final PRP N° 024 - 2016 - MINAGRI - PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0297-2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por fi nalidad mejorar la inclusión de los productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM, a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de efi ciencia, efi cacia y sostenibilidad, articulando