Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 16 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

593187

Que, los ocho (8) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes:
1 2 3 4 5 6 7 8 ARCOS VALENZUELA ÁLVAREZ CANCHARI VALENZUELA CUSIPUMA VALENZUELA VILCAPUMA ORÉ DE ÑAUPA CUEVA AGUADO PAUCAR DE PAUCAR PAUCAR FLORES RICHARD WILLIAM ANA MARÍA MARIO BELTRÁN YGNACIO ALFREDO ELISEO LINA ÁLVARO ANTENOR FABIÁN MARIO

considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en el Distrito de INDEPENDENCIA, Provincia de PISCO, Departamento de ICA, contenido en el proyecto de "Reconversión del Cultivo de Algodón" para la instalación y producción de MANDARINA, en 31.86 hectáreas, incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notificación de la "COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS - VALLE DE PISCO LTDA. - COSERFI", a fin que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de "Reconversión del Cultivo de Algodón", para la instalación y producción de MANDARINA, en 31.86 hectáreas de los predios antes mencionados pertenecientes a los ocho (8) productores de la "COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS - VALLE DE PISCO LTDA. - COSERFI", referidos en el octavo considerando de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1404819-22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0364-2016-MINAGRI Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva N° 228 - 2016 - PRP, iniciado por la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES CACAOTEROS EL NUEVO AMANECER DE PAURIALI CENTRO POBLADO PUEBLO LIBRE PAURIALI DISTRITO DE MAZAMARI", el Informe Final PRP N° 024 - 2016 - MINAGRI - PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0297-2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros Regionales de Innovación Agroempresarial CRIAS, entes que tienen por finalidad mejorar la inclusión de los productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ VRAEM, a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de eficiencia, eficacia y sostenibilidad, articulando

Que, en el Informe Técnico PRP N° 0022-2016-MINAGRI-PCC-UN/JAR, que sustenta el Informe de Evaluación PRP N° 044-2016-MINAGRIPCC-UN, se determina el monto total que cofinancian EL PROGRAMA y LA ORGANIZACIÓN, para la ejecución del referido PRP, siendo distribuido de acuerdo al detalle siguiente:
Financiamiento MINAGRI (Componente No Reembolsable) S/ 1 698 793,82 (80%) S/ 1 698 793,82 Contrapartida de la Organización (Componente Reembolsable) S/ 424 698,45 (20%) S/ 424 698,45

Rubro Proyecto de Reconversión Productiva Agropecuaria Monto Total S/

Total S/

S/ 2 123 492,27

S/ 2 123 492,27

Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP N° 0044- 2016-MINAGRIPCC, emite opinión favorable para la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI de pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria, prioritariamente de arroz en la costa norte del país y de algodón en Ica", aprobados por Resolución Ministerial N° 0082 - 2015 - MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Informe N° 809-2016-MINAGRI -OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación, a Ministerio de Agricultura y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prorrogado en su vigencia por la Ley N° 30462; la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0082-2014-MINAGRI, que aprueba los "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI de pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria, prioritariamente de arroz en la costa norte del país y de algodón en Ica"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la "COOPERATIVA AGRARIA DE SERVICIOS FIBRAS PERUANAS VALLE DE PISCO LTDA. - COSERFI", a favor de los ocho (8) miembros que se detallan en el octavo

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