Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 16 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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condición de propietario o posesionario del predio; y, c) tener el predio bajo producción agropecuaria; Que, mediante solicitud de fecha 16 de mayo de 2016, la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES CAFETALEROS LA NUEVA GENERACIÓN PAURIALI, CENTRO POBLADO PUEBLO LIBRE PAURIALI, DISTRITO DE MAZAMARI", ha formulado a favor de los nueve (9) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para la "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM", para la instalación y producción de Café en nueve (9) hectáreas, cuyo expediente signado como Pedido de Reconversión Productiva N° 242 - 2016 - PRP cuenta con la opinión favorable de las Unidades de Promoción y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Formulación de PRP N° 0037-2016-MINAGRI-PCC/UP, y el Informe de Evaluación PRP N° 021-2016-MINAGRIPCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP N° 016-2016-MINAGRI-PCC-UN/JAR; Que, los nueve (9) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes:
1 2 3 4 5 6 7 8 9 CARDENAS VEGA CAMPOS ESCOBAR QUIÑONEZ LICAS CAMPOS ALVA MALDONADO CAMPOS CAMPOS DE LA CRUZ FIERRO ORTIZ PEÑA SOTOMAYOR TORRES VELIZ DANIEL EDINSON MARTIN AMADEO JELTIN KEEVIN ISIDRO ALBINO NORMA TERESA YOLY MAGDALENA HECTOR BALMES REDY ELMER AMERICO

por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prorrogado en su vigencia por la Ley N° 30462, la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0695-2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI a los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios. Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES CAFETALEROS LA NUEVA GENERACIÓN PAURIALI, CENTRO POBLADO PUEBLO LIBRE PAURIALI, DISTRITO DE MAZAMARI", a favor de los nueve (9) miembros que se detallan en el noveno considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en el Distrito de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, contenido en el proyecto de "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM" para la instalación y producción de Café en nueve (9) hectáreas, incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notificación de la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES CAFETALEROS LA NUEVA GENERACIÓN PAURIALI, CENTRO POBLADO PUEBLO LIBRE PAURIALI, DISTRITO DE MAZAMARI", a fin que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Centro Regional de Innovación Agroempresarial ­ CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM", para la instalación y producción de Café en nueve (9) Hectáreas de los predios antes mencionados pertenecientes a los nueve (9) productores de la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES CAFETALEROS LA NUEVA GENERACIÓN PAURIALI, CENTRO POBLADO PUEBLO LIBRE PAURIALI, DISTRITO DE MAZAMARI", referidos en el noveno considerado de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1404819-25 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0367-2016-MINAGRI Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva N° 243 - 2016 - PRP, iniciado por la

Que, en el Informe de Evaluación PRP N° 021-2016-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP N° 016-2016-MINAGRI-PCC-UN/JAR, se determina el monto total que cofinancian EL PROGRAMA y LA ORGANIZACIÓN, para la ejecución de PRP, siendo distribuido de acuerdo al detalle siguiente:
Financiamiento MINAGRI (Componente No Reembolsable) S/. 253,370.74 (80%) S/ 210 600,00 S/ 463 970,74 S/ 63 342,69 Contrapartida de la Organización (Componente Reembolsable) S/. 63 342,69 (20%)

Rubro Proyecto de Reconversión Productiva Agropecuaria Gestión de la parcela Monto Total S/

Total S/

S/ 316 713,43 S/ 210 600,00 S/ 527 313,43

Gestión de la parcela (S/ 650/mes X N° de hectáreas x 36 mes).

Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP N° 038 - 2016 - MINAGRI - PCC, emite opinión favorable por la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos "Lineamientos Específicos para la atención del Ministerio de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM" aprobados por Resolución Ministerial N° 0695 ­ 2014 - MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego mediante el Informe N° 789-2016-MINAGRI-OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado

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