Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Artículo 2.- Dejar sin efecto Viceministerial N° 030-2015-MINEDU. la

NORMAS LEGALES
Resolución

Sábado 16 de julio de 2016 /

El Peruano

Regístrese, comuníquese y publíquese. FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestión Pedagógica 1404987-2

Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, la difusión y el adecuado cumplimento de las Bases aprobadas en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación ( ), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestión Pedagógica 1405443-1

Aprueban las Bases del IV Concurso Nacional "Nuestras loncheras y quioscos saludables"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 095-2016-MINEDU Lima, 15 de julio de 2016 VISTOS, el Expediente Nº 0095131-2016, el Informe Nº 179-2016-MINEDU- VMGP-DIGEBR-LACV e Informe Nº 233-2016-MINEDU-VMGP-DIGEBR-LCV de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 676-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 9 de la precitada Ley, uno de los fines de la educación peruana es formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno; Que, a través de la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica", aprobada por Resolución Ministerial Nº 572-2015-MINEDU, se autoriza, entre otros, el IV Concurso Nacional "Nuestras loncheras y quioscos saludables"; Que, mediante el Informe Nº 179-2016-MINEDUVMGP-DIGEBR-LACV e Informe Nº 233-2016-MINEDUVMGP-DIGEBR-LCV, la Dirección General de Educación Básica Regular sustenta la necesidad de aprobar las Bases del IV Concurso Nacional "Nuestras loncheras y quioscos saludables", el cual se orienta a promover el desarrollo de hábitos saludables y sostenibles en la alimentación del estudiantado de las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades de la Educación Básica, incorporando alimentos saludables y prácticas sostenibles en relación a las loncheras y los quioscos escolares; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica", aprobada por Resolución Ministerial Nº 572-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases del IV Concurso Nacional "Nuestras loncheras y quioscos saludables", las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, Direcciones Regionales de Educación, Gerencias Regionales de Educación,

ENERGIA Y MINAS
Aprueban documento de la "Prospectiva Estratégica del Sector Minero y la Prospectiva Estratégica del Sector Energético", y el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016 - 2021 del Sector Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2016-MEM/DM Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Informe N° 043-2016-MEM/OGP-PIC del Director de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el que propone la aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM 2016-2021 del Sector Energía y Minas. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es función general de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley Nº 29158 dispone como parte de las funciones que le corresponden a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales y nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de actuación; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 054-2011PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado "PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021", dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el citado Plan; Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN-PCD y su modificatoria, se aprueba la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", en la que se establecen principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública;

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