Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2016 (30/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de julio de 2016 /

El Peruano

de 2016, se aprobó el Programa de Incentivos Tributarios Que, la Tercera Disposición Final de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias, mediante Decreto de Alcaldía, para su adecuada aplicación, y/o ampliación de su vigencia. Que, se ha verificado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los beneficios otorgados mediante la citada Ordenanza Municipal; asimismo, mediante Memorando N° 950-2016-MPC/GGATR del 22 de julio de 2016 se requiere la ampliación de los beneficios antes mencionados, hasta el 15 de agosto de 2016. Estando a lo expuesto y con el visto bueno de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza Municipal N° 011-2016 de fecha 31 de mayo de 2016, hasta el 15 agosto de 2016. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Registrese, comuniquese y cumplase.

CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2016, se aprobó el Programa de Beneficios de Reducción de Deudas Constituidas por Multas y Sanciones Administrativas Derivadas de Infracciones a las Disposiciones en Materia de Tránsito y/o al Transporte en sus diferentes modalidades, Papeletas de Infracción Municipal, así como de la deuda por Concepto de Tasas de Guardianía por Internamiento en el depósito Municipal de Vehículos Que, la Sexta Disposición Final de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias, mediante Decreto de Alcaldía, para su adecuada aplicación y de considerarlo necesario para la ampliación de su vigencia Que, se ha verificado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los beneficios otorgados mediante la citada Ordenanza Municipal; asimismo, mediante Informe N° 2339-2016-MPC-GGTU-GTT del 22 de julio de 2016 se requiere la ampliación de los beneficios antes mencionado hasta el 15 de agosto de 2016. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia General de Trasporte Urbano, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:

JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1409278-1

Prorrogan vigencia de beneficios otorgados mediante Ordenanza Municipal N° 0102016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11-2016-MPC-AL Callao, 26 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza Municipal N° 010-2016 de fecha 31 de mayo de 2016, hasta el 15 de agosto de 2016. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Transporte Urbano y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1409279-1

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