Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2016 (30/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 30 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo, debiendo emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y ; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Declaran aprobada renovación de autorización otorgada a Empresa de Radio y Televisión, Tele-Stereo-95 E.I.R.L., para continuar prestando servicio de radiodifusión en localidad del departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1092-2016-MTC/03 Lima, 18 de julio de 2016

Artículo 1.- Designar a JAIME LUIS OBREROS CHARÚN en el cargo público de confianza de Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente Constitucional de la República ALFONSO FERNANDO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1410193-4

VISTO, el escrito de registro Nº 2011-027350 del 15 de junio del 2011, mediante el cual la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION, TELE-STEREO-95 E.I.R.L., solicita la renovación de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Abancay, departamento de Apurímac; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 5552001-MTC/15.03 del 24 de julio de 2001, se otorgó a la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION, TELE-STEREO-95 E.I.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluyó un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac, vigente hasta el 05 de agosto de 2011; Que, con escrito de Visto, la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION, TELE-STEREO-95 E.I.R.L. solicitó la renovación de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 555-2001-MTC/15.03; Que, el artículo 15 de la Ley de Radio y Televisión Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21 y 67 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, señala que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69, 70 y 71 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19 de la Ley de Radio y Televisión establece, entre otros, que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, conforme a lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, la Ley del Silencio Administrativo - Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, en su artículo 2 señala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0912004-MTC/03 se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de Apurímac, entre las cuales se encuentra la localidad de Abancay, que comprende al distrito de Abancay; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0356-2016MTC/28 opina que debe declararse aprobada, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 555-2001-MTC/03 a la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION, TELE-STEREO-95 E.I.R.L., con vigencia hasta el 05 de agosto de 2021; al haber transcurrido el plazo máximo del procedimiento de

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Viceministra de Transportes
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2016-MTC Lima, 29 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo, debiendo emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y ; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO en el cargo público de confianza de Viceministra de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente Constitucional de la República MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1410193-5

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