Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2016 (07/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 7 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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a escritura pública, en la que se insertará el texto de ía presente Resolución, para su correspondiente inscripción en el Registro Público respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1388929-1

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE MI PERU
Aprueban Reglamento para el Proceso de Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital
ORDENANZA Nº 021-MDMP Mi Perú, 20 de mayo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 119-2016-MDMP/GPV, a través del cual el Gerente de Participación Vecinal, remite la Propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso de Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, el Memorándum Nº 025-2016-MDMP/GPP, emitido por el Gerente de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 071-2016/MDMP/GAJ, presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen Nº 05-2016-CSC-MDMP, emitido por la Comisión de Participación Vecinal. CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 119-2016-MDMP/GPV, a través del cual el Gerente de Participación Vecinal, remite la Propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso de Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD. Que, a través del Memorándum Nº 025-2016MDMP/GPP, emitido por el Gerente de Planificación y Presupuesto, señala que la aprobación de la Propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso de Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, es primordial para la conformación del CCLD, para dar inicio al Presupuesto Participativo por Resultados 2017 de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Que, mediante el Informe Nº 071-2016/MDMP/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se señala: - Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680,

que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad. - Que, para efectos de canalizar de manera específica la concertación, una de las expresiones superiores de la participación de los planes de desarrollo, los presupuestos públicos y en la propia gestión pública, la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, artículo 102º crea el Consejo de Coordinación Local como órgano de coordinación y concertación. - Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece como principios rectores de la participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, el respeto a los acuerdos para el cumplimiento de los compromisos concertados entre la sociedad civil ya las autoridades locales sobre los presupuesto de los gobiernos regionales y locales. - Asimismo, la reafirmación del Consejo de Coordinación Local; como instancia de participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa presupuestal. - Que, además la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, norma que "Las municipalidades determinaran espacios de concertación adicionales a los previstos en la presente Ley y regularan mediante ordenanzas los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos" - La Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, abre un espacio para la participación ciudadana estableciendo que todas las municipalidades distritales deben conformar los Consejos de coordinación Local (CCLD), como espacios de coordinación y consulta entre las autoridades municipales y las organizaciones de las sociedad civil. - Los CCLD son un paso para el desarrollo y el fortalecimiento de la democracia participativa. - Por dichas consideraciones la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la presente ordenanza. Que, habiendo sido revisado y evaluado la Propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso de Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, por la Comisión de Participación Vecinal, mediante Dictamen Nº 05-2016-CPV-MDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar la anotada propuesta, máxime si actualmente no se cuenta con u órgano de coordinación y concertación entre la Sociedad Civil y la Municipalidad. Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su Artículo 194º, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley Nº 28607 concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico". Que, los artículos 17º y 142º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 establecen que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública, siendo de su competencia exclusiva aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal. Que, siendo política de esta administración normar y regular los mecanismos y procedimientos de la participación vecinal en todas sus formas, resulta

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