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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (23/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 6

590448 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2016 / El Peruano en uso temporal o defi nitiva y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado; Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea la Unidad Ejecutora “Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI)” en el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al presupuesto institucional de dicha entidad; asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la indicada Ley, los recursos provenientes de la enajenación de activos y otros por pérdida de dominio en el marco del Decreto Legislativo Nº 1104, constituyen Recursos Determinados del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros y se incorporan en el presupuesto institucional de dicho Pliego en la Unidad Ejecutora Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI); Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 069- 2013-PCM, que establece disposiciones relativas a la distribución del producto de la subasta realizada sobre bienes decomisados, declarados en pérdida de dominio o incautados, señala que luego de realizadas las acciones descritas en los artículos 1, 2 y 3 del citado Decreto, y en la eventualidad de existir excedentes de recursos, el Consejo Directivo de la CONABI podrá disponer su distribución entre las siguientes entidades vinculadas a la lucha contra el crimen organizado, corrupción y minería ilegal, según se describe: 25% para el Poder Judicial, 25% para el Ministerio Público, 25% para la Policía Nacional del Perú y 25% para las procuradurías públicas; Que, mediante Memorándum Nº 0182-2016-PCM/ CONABI-P, la Presidenta del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI) remite el Informe Nº 050-2016-PCM/CONABI-PPT, mediante el cual sustenta la incorporación de saldos de balance 2015 en su presupuesto institucional por el monto de UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 1 499 438,00) que garantizarán las transferencias fi nancieras a los pliegos 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y 007: Ministerio del Interior, de conformidad con lo indicado en el Acuerdo 03 del Acta 60, así como lo señalado en el Acta 64 del Consejo Directivo de la CONABI que precisa que habiéndose vencido el plazo señalado en el Acta 63 para que las Entidades favorecidas remitan el sustento para tramitar la transferencia de los saldos de balance acordados, dichos saldos se mantendrán en la CONABI, y a la transferencia fi nanciera autorizada en el año 2015 mediante Resolución Ministerial Nº 238-2015-PCM; Que, mediante Memorándum Nº 142-2016-PCM/ CONABI-ADM, la Responsable de la Unidad de Administración de la CONABI comunica al Responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la CONABI, que los saldos de balance del año 2015 ascienden al monto de UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES Y 14/100 SOLES (S/ 1 608 543,14) en la Fuente de Financiamiento “5 Recursos Determinados”, en congruencia con los montos registrados en la partida de ingresos 1.9.1.1.1.1 “Saldos de Balance” de la Unidad Ejecutora 015: CONABI; Que, el literal d) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que los recursos fi nancieros, distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fi scal, constituyen Saldos de Balance, los mismos que se pueden incorporar durante la ejecución en el presupuesto de la Entidad, bajo la modalidad de incorporación de mayores fondos públicos que se generen por el incremento de los créditos presupuestarios; Que, el subnumeral ii del literal a) correspondiente al numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza en el presente año fi scal la realización, de manera excepcional, las transferencias fi nancieras entre entidades, donde se encuentra comprendida la Presidencia del Consejo de Ministros con cargo a los recursos que custodia y administra la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI, la misma que será autorizada mediante resolución del Titular del Pliego y publicada en el diario ofi cial El Peruano, según lo indicado en el numeral 15.2 de la Ley en mención; Que, mediante el Informe Nº 139-2016-PCM/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros emite opinión favorable respecto a la solicitud de incorporación de mayores fondos públicos de la CONABI en el presupuesto institucional 2016 de la Unidad Ejecutora 015: CONABI del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, provenientes de los saldos de balance 2015, y a las transferencias fi nancieras a favor de los pliegos 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y 007: Ministerio del Interior, las mismas que se encuentran autorizadas mediante el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Con las visaciones de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1104, que modifi ca la Legislación sobre Pérdida de Dominio y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 093-2012-PCM; el Decreto Supremo Nº 069-2013-PCM que establece disposiciones relativas a la distribución del producto de la subasta realizada sobre bienes decomisados, declarados en pérdida de dominio o incautados; y, el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- OBJETO Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), para el año fi scal 2016, a favor de la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI) hasta por la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 1 499 438,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 5 Recursos Determinados 1. Ingresos Presupuestarios 1.9 Saldos de Balance 1.9.1 Saldos de Balance 1.9.1.1 Saldos de Balance 1.9.1.1.1 Saldos de Balance 1.9.1.1.1.1. Saldos de Balance 1 499 438,00 ____________ TOTAL INGRESOS 1 499 438,00 =========== EGRESOS En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 015 : Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5003597 : Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 5 GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias 1 499 438,00 ____________ TOTAL EGRESOS 1 499 438,00 ===========