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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (23/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 9

590451 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2016 El Peruano / departamento de Cajamarca, solicita la ofi cialización del evento denominado “I Festival Nacional de Ganado Vacuno de la Raza Fleckvieh - Simmental, Cutervo 2016”, el cual según el Reglamento Interno adjunto, se realizará en el Campo Ferial Huaca Corral, Caserío de Raime, Distrito de Cutervo, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, del 20 al 22 de junio de 2016; Que, el mencionado evento tiene por objetivo, entre otros, promover y difundir el mejoramiento genético del ganado vacuno de la raza Fleckvieh - Simmental, mediante la realización de un Festival Nacional, incentivando la mejora de la productividad cárnica y lechera, contribuyendo con la salud alimentaria y la inserción en el mercado nacional e internacional, incentivar la participación de las asociaciones y productores ganaderos con ejemplares hembras inscritos en los registros genealógicos zootécnicos del Perú (LI, LP), que se traduzca en la profundización de los registros genealógicos y control lechero; Que, con Ofi cio N° 916-2016-MINAGRI-DIGNA-DINPE de fecha 09 de junio de 2016, el Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios, adjunta el Informe Técnico N° 004-2016-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM, el mismo que recomienda la ofi cialización del referido evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ofi cializar el evento denominado “I Festival Nacional de Ganado Vacuno de la Raza Fleckvieh - Simmental, Cutervo 2016”, a realizarse en el Campo Ferial Huaca Corral, Caserío de Raime, Distrito de Cutervo, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, del 20 al 22 de junio de 2016, organizado por la Asociación de Productores de Ganado Fleckvieh de la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, conjuntamente con la Municipalidad Provincial de Cutervo, departamento de Cajamarca. Artículo 2.- El Comité Organizador del evento a que se refi ere el artículo precedente, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, un Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes, una vez fi nalizado el evento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1395871-1 Modifican R.M. N° 0721-2015-MINAGRI en el extremo de la facultad para la aprobación del Manual Operativo del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa PTRT 3” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0286-2016-MINAGRI Lima, 20 de junio de 2016 VISTO: El Ofi cio N° 189-2016-MINAGRI-DVDIAR/UEGPS/DE del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales –UEGPS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0721-2015-MINAGRI, de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó la creación de la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) y del Grupo de Trabajo denominado Comité de Gestión del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa – PTRT3”, asignándole a este último las funciones señaladas en el numeral 19 del rubro 4.9 del Informe N° 063-2014-EF/63.01 de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, que declaró VIABLE el estudio de factibilidad del Proyecto de Inversión Pública “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú”, Tercera Etapa – PTRT3”, con Código SNIP N° 26756, entre ellas, la de revisar y sugerir la aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto (MOP) y sus modifi catorias; Que, el artículo 7 de la citada Resolución Ministerial estableció que el Manual Operativo del Proyecto, elaborado y propuesto por el Comité de Gestión del Proyecto, será remitido por el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales – UEGPS al Despacho Ministerial para su aprobación, dado el nivel de las instancias que participarán en los procedimientos a establecerse en el referido Manual; Que, sin embargo, mediante el documento del Visto, el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales –UEGPS, señala que por su naturaleza y alcances el Manual Operativo del Proyecto (MOP) es un documento dinámico que constantemente puede ser modifi cado y/o reformulado en su contenido conforme a las necesidades del Proyecto, por lo que, no habiéndose establecido expresamente en el Contrato de Préstamo N° 3370/OC-PE y Anexos, que este deba ser aprobado por el Despacho Ministerial de este Ministerio, el Director Ejecutivo de la UEGPS, solicita la modifi cación del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 0721-2015-MINAGRI, en el extremo referido a la aprobación del Manual Operativo del Proyecto (MOP), proponiéndose que en adelante se encuentre a cargo de su Dirección Ejecutiva, en el marco de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0521-2015-MINAGRI; Que, en tal sentido, y considerando que la modifi cación solicitada no contraviene las cláusulas del Contrato de Préstamo N° 3370/OC-PE, celebrado entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Ministerio de Agricultura y Riego, ni la estructura de ejecución del Proyecto, señalada en el Informe N° 063-2014-EF.63.01 de la Dirección General de Inversión Pública, que declara Viable el Estudio de Factibilidad del mencionado Proyecto de Inversión Pública, titulado “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa PTRT 3”, corresponde expedir el acto administrativo modifi catorio correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi cación del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 0721-2015-MINAGRI Modifi car el artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 0721-2015-MINAGRI, en el extremo de la facultad para la aprobación del Manual Operativo del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa PTRT 3”, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 7.- Aprobación del Manual Operativo del Proyecto (MOP) El Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales – UEGPS, aprobará el Manual Operativo del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa PTRT3”, que proponga el Comité de Gestión, el cual deberá contener, entre otros, las funciones específi cas de dicho Grupo de