Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2016 (26/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Domingo 26 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

590905

Artículo Séptimo.- MODIFIQUESE e INCORPORESE al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas ­ CISA aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 2392011-A/MDC las siguientes modificaciones y las nuevas sanciones que se impondrán a los infractores y a los que resulten responsables. Artículo Octavo.- FACULTESE al señor Alcalde a fin de que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que fueran necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- ENCARGUESE de velar por la protección y aplicación de la presente Ordenanza a seguridad Ciudadana, Policía Nacional del Perú y Sociedad Civil con conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima cuando correspondiera. Artículo Décimo.- ESTABLECER que le presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación. Artículo Onceavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General y a las Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa, Sub Gerencia de Imagen Institucional y Sub Gerencia de Informática su cumplimiento, publicación y respectiva difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1396892-1

Predial, Arbitrios y Serenazgo, inclusive por Pérdidas de Fraccionamiento) por el pago al contado de las deudas en cobranza coactiva, con excepción de aquellas deudas que cuentan con medidas cautelares (embargo); Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9º numerales 8) y 9) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Nº 438 -2016/CDLO EXONERA LOS GASTOS Y COSTAS PROCESALES DE DEUDAS TRIBUTARIAS Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES, intereses y moras generadas hasta el 31 de mayo del presente para Deudas Tributarias en instancia coactiva y ordinaria (Impuesto Predial, Arbitrios y Serenazgo, inclusive por Pérdidas de Fraccionamiento) por pago al contado, fraccionado o por compromisos de pago, provenientes de la Subgerencia de Recaudación y/o de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, de acuerdo al siguiente cronograma:
DESCUENTO DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES EN INSTANCIA COACTIVA Y DE INTERESES Y MORA POR DEUDA TRIBUTARIA EN INSTANCIA ORDINARIA Por pago Fraccionado de la Deuda Tributaria o Compromisos de pago de la Deuda Coactiva y de la Deuda en estado corriente 100% 90% 80%

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Exoneran gastos y costas procesales de deudas tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 438-CDLO Los Olivos, 23 de junio de 2016. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 008-2016-MDLO/CPEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del Artículo 195º y el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, con Informe Nº 44-2016/MDLO/GAT/EC/ KGVC de fecha 26 de abril de 2016, la Ejecutoría Coactiva, solicita la Exoneración Total de Gastos y Costas Procesales para Deudas Tributarias (Impuesto Predial, Arbitrios y Serenazgo, inclusive por Pérdidas de Fraccionamiento) por el pago al contado de las deudas en cobranza coactiva, con excepción de aquellas deudas que cuentan con medidas cautelares (embargo); Que, con Informe Nº 387-2016-MDLO-GAJ de fecha 19 de mayo de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de aprobar la Ordenanza que tiene por finalidad la Exoneración Total de Gastos y Costas Procesales para Deudas Tributarias (Impuesto

VIGENCIA

Por pago al Contado de la Deuda Coactiva y Deuda en estado corriente

Por pago al Contado de la Deuda Coactiva con Medida Cautelar

Del 25.06.2016 al 31.07.2016 Del 01.08.2016 al 29.08.2016 Del 01.09.2016 al 30.09.09.2016

100% 100% 80%

100% 80% 70%

Artículo Segundo.- PRECISAR, que para acogerse al presente Beneficio el obligado, deberá primero desistirse de cualquier reclamo planteado, recurso administrativo interpuesto y/o de cualquier proceso judicial sobre la deuda exigible y materia del beneficio, con copia del cargo de presentación del desistimiento respectivo. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, asimismo para que establezca la prórroga de la misma, de ser el caso. Artículo Cuarto.- INFORMAR al Pleno del Concejo Municipal las metas alcanzadas al finalizar cada periodo del cronograma señalado en el Artículo Primero. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, la Subgerencia de Fiscalización, la Ejecutoria Coactiva y la Subgerencia de Atención al Ciudadano, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Subgerencia de Soporte, Redes y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1396992-1

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