Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2016 (26/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 26 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico y Gonzalo José Alvarado Palomino, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 14 al 23 de julio de 2016 a la ciudad de Estambul, República de Turquía, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Sergio Javier Espinosa Chiroque Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 843,39 4 320,00

Portal Bustamante Secretario General Regional, mediante el cual solicita Acuerdo de Consejo para Financiamiento de Proyectos de la Universidad nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía ­ Bagua, Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza ­ Chachapoyas. Que, con Informe Nº172-2016-Gobierno Regional Amazonas/GRPPAT, de fecha 30 de mayo del 2016, procedente del Ing. Leoncio Temoche castro Gerente de la Gerencia de Planeamiento presupuesto y Acondicionamiento, mediante el cual solicita acuerdo de Consejo Regional para Financiamiento de proyectos. Que, con el Informe Nº136-2016-G.R.amazonas/ GRPPTA/SGPPTO, de fecha 09 de mayo del 2016, procedente del Lic. Vicente Ibérico Morí Sub Gerente de Presupuesto y Tributación, mediante el cual da a conocer el procedimiento para la transferencia presupuestal de la Universidad Nacional Fabiola Salazar Leguía. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, según lo establecido en el Art. 13 de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Consejo Regional es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobiernos Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que sean delegadas. Que, en el Art. 16º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece, entre Derechos y Obligaciones Funcionales de los Consejeros Regionales: "Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional u otros de interés general". Que, el articulo II del Título Preliminar del Consejo Regional, establece que el Consejo Regional, es el órgano superior del Gobierno Regional de Amazonas, que cumple funciones normativas, de fiscalización, de representación política. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en las leyes y el presente reglamento. Que, en el Art. 5º del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece las funciones del Consejero Regional, entre ellas la Función Fiscalizadora la cual es la relación a la gestión del Órgano Ejecutivo Regional sobre acciones, procedimientos, documentación, proyectos u obras, así como sobre la administración de recursos humanos, materiales, tecnológicos, económicos y financieros, pudiendo llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público Regional y respecto de la conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional". Que, el Artº 64 del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece que los "Acuerdos y disposiciones que defina el Consejo Regional de Amazonas tienen carácter vinculante dentro de su jurisdicción. A los efectos el Órgano Ejecutivo Regional dispondrá las medidas necesarias para que sean efectivizadas y/o implementados en un lapso no mayor de 60 días calendario, la omisión será sancionada de acuerdo a lo que establecen las normas de procedimientos administrativos y otros que establezca puntualmente el Consejo Regional. Que, según el Artículo 15º Inc. 15.2,de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las transferencias financieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Que, el inc. a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley

Jorge Yumi Taba Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 843,39 4 320,00

Gonzalo José Alvarado Palomino Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 843,39 4 320,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1396615-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban transferencia de presupuesto a favor de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 145-2016-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-SO VISTO: Que, con Oficio Nº302-2015-G.R.Amazonas/SG, de fecha 31 de mayo de 2016, procedente Lic. Augusto W.

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