Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2016 (02/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de marzo de 2016 /

El Peruano

del Perú y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Reino de España, en materia de Recursos Hídricos", suscrito el 26 de octubre de 2015, las Partes acuerdan cooperar en el ámbito de los recursos hídricos, de una forma sostenible, con el objeto de mejorar la competitividad agrícola de ambos países y contribuir al desarrollo rural y nacional; Que, la cláusula 6 de referido documento determina que con el fin de poner en marcha la colaboración, se constituye una Comisión de Seguimiento, integrada por tres (03) responsables designados por cada uno de los Ministerios, cuyo objeto es identificar los medios necesarios para impulsar y reforzar la cooperación, así como acordar y coordinar las acciones bilaterales a desarrollar; Que, es necesario designar a los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante la referida Comisión de Seguimiento; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión de Seguimiento referida en la cláusula 6 del "Memorándum de Entendimiento entre el Ministerio de Agricultura y Riego de la República del Perú y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Reino de España, en materia de Recursos Hídricos", suscrito el 26 de octubre de 2015, a los funcionarios siguientes: a) Jefe(a) de la Autoridad Nacional de Agua - ANA. b) Director(a) General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego - DGIAR. c) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. Los(as) funcionarios(as) públicos designados(as), de ser el caso, podrán acreditar a un(a) (01) representante alterno(a), mediante comunicación escrita dirigida al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Reino de España, así como a los representantes designados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1350482-1

funciones correspondiente, en tanto se produzca el retorno del titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar, a partir del 29 de febrero al 03 de marzo de 2016, al señor Luis Alfonso Zuazo Mantilla, Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, las funciones de Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, con retención del cargo en el que se encuentra designado, y en tanto se produzca el retorno del titular. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Agricultura y Riego, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1351114-1

Establecen las áreas enzoóticas a Ántrax en el país que comprende las áreas costeñas de las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Lima, Ica, Moquegua y Tacna
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0007-2016-MINAGRI-SENASA-DSA 26 de febrero de 2016 VISTO: El Informe Nº 003-2016-MINAGRI-SENASA-DSAPNFA-UFLORES, de fecha 9 de febrero de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria establece entre sus objetivos, la prevención, el control y la erradicación de plagas y enfermedades en vegetales y animales; que representan riesgo para la vida, la salud de las personas, los animales y la preservación de los vegetales; Que, el artículo 10º Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, indica que el SENASA establecerá los procedimientos y criterios para la priorización y oficialización de las campañas fito y zoosanitarias; Que, conforme a lo normado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; el SENASA tiene entre sus objetivos estratégicos reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la producción agraria, así como proteger el patrimonio agro sanitario del ingreso o dispersión de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia económica. Asimismo, el inciso i) del artículo 5º del mencionado Reglamento establece como una de las funciones del SENASA, la de promover la suscripción y asegurar el cumplimiento de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores público y privado, destinados a la promoción de la sanidad agraria; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º del Reglamento para la "Prevención y Control de Ántrax" aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2007-AG establece que el SENASA previo informe epidemiológico,

Encargan funciones del Viceministro de Políticas Agrarias al Secretario General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0082-2016-MINAGRI Lima, 29 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Suprema N° 003-2016-MINAGRI de fecha 26 de febrero de 2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de febrero de 2016, se autorizó el viaje al señor César Francisco Sotomayor Calderón, Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios, del 29 de febrero al 03 de marzo de 2016; siendo necesario formalizar la encargatura de

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