Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2016 (02/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de marzo de 2016 /

El Peruano

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (ida): Lima - Monterrey (Estados Unidos de América)
US$. 1,500.00

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la Polinesia Francesa, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2016-DE/MGP Lima, 1 de marzo de 2016 Visto, el Oficio P.200-0272 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 27 de enero de 2016; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la II Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Francia, suscrita en la ciudad de Paris, República Francesa, del 24 al 26 de junio de 2014, en el Entendimiento MF 11, se acordó el intercambio de experiencia en la lucha contra el narcotráfico, a realizarse en la ciudad de Papeete, isla Tahití, Polinesia Francesa; Que, en relación al Entendimiento MF 11 de la referida Acta, el Agregado de Defensa de la Embajada de Francia en el Perú, hace de conocimiento que el Comandante Superior de las Fuerzas Armadas de la Polinesia Francesa y Comandante de la Zona Marítima del Pacífico, ha cursado invitación al Director General de Capitanías y Guardacostas, para que efectúe una visita a la Comandancia de la Polinesia Francesa, a realizarse en la ciudad de Papeete, isla Tahití, Polinesia Francesa, del 7 al 11 de marzo de 2016; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Almirante, para que participe en la mencionada actividad; Que, la designación de Personal Naval, para que efectúe la referida visita, brindará una orientación y un vínculo con los Comandantes y sus Estados Mayores, en el marco de las conversaciones y acuerdos sobre planificación y cooperación de seguridad marítima, identificar los futuros ejes de cooperación entre la Autoridad Marítima Nacional y el Comandante de la Zona Marítima Francesa en el Pacífico; así como, podrán cubrirse otros temas importantes, tales como adiestramiento, entrenamiento, operaciones, entre otros; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante SGC. Ángel Alfredo TELLO Gilardi, en representación del Director General de Capitanías y Guardacostas, para que efectúe una visita a la Comandancia de la Polinesia Francesa, a realizarse en la ciudad de Papeete, isla Tahití, Polinesia Francesa, del 7 al 11 de marzo de 2016; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Autoridad Marítima Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá contar con ejecutivos calificados con conocimientos y experiencias en las decisiones a tomarse y continuar con las ideas y métodos para mejorar los procedimientos de los sistemas de información sobre posición y seguridad, contribuyendo de esta forma con la seguridad de la vida humana en el mar, la eficacia de la navegación y protección del medio ambiente acuático en la región del Pacífico; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley de Presupuesto del Sector

US$.

1,500.00

US$. 4,812.54 / 31 x 19 días (marzo 2016) US$. 2,949.62 US$. 4,812.54 x 9 meses (abril - diciembre 2016) US$. 43,312.86

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación)
US$. 4,812.54 x 1 compensación TOTAL A PAGAR:

US$. 4,812.54 US$. 52,575.02

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1351196-1

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