Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2016 (02/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Miércoles 2 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje con referencia 20161700005831/GRUIN-WRV-25.14, de fecha 5 de febrero de 2016, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Bogotá, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que el Gobierno Nacional autoriza la extradición activa del ciudadano colombiano Pedro Pablo Rincón Álzate, motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá, República de Colombia, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 42-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 15 de febrero de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios del 7 al 11 de marzo de 2016, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Hungría Manuel Chávez García y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 51-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de febrero de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú da su conformidad al viaje al exterior indicado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes

a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN.

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