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586451 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2016 El Peruano / productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando inefi ciencias en la asignación de recursos públicos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 079-2010-MPL del 25 de junio de 2010, se aprobó el “Plan de Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 2010 – 2021”, el cual constituye el instrumento orientador a partir del cual deben fi jarse las prioridades de los respectivos Presupuestos Participativos y soluciones a los principales problemas, de forma tal que se pueda cumplir y alcanzar con los Objetivos y la Visión del Desarrollo contemplados en el “Plan de Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 2010-2021”; Que, mediante Ordenanza Nº 357-MPL del 15 de marzo de 2011, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre, estableciéndose que “Anualmente, la programación del respectivo proceso de Presupuesto Participativo se desarrollará según la Convocatoria y Cronograma que mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe N° 066-2016-MPL/GPP del 08.04.2016 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, propone la conformación del Equipo Técnico y Cronograma General para desarrollar el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2017 con la participación de vecinos provenientes de organizaciones sociales, en la que propone un cronograma. Al respecto, dicha gerencia ha elaborado el “Plan de Trabajo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados – 2017”; Que, mediante Informe Nº 071-2016-MPL-GAJ del 18.04.2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía, a fi n de dar inicio al proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2017 y el equipo técnico responsable del Proceso de Formulación del “Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Año Fiscal 2017”; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a los vecinos del distrito de Pueblo Libre, a través de sus organizaciones, para dar inicio el proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2017. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Proceso Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2017 del distrito de Pueblo Libre, el mismo que estará conformado por: Ɣ Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. Ɣ Gerente de Participación Vecinal. Ɣ Gerente de Desarrollo Urbano y del Ambiente. Ɣ Gerente de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA. Ɣ Gerente de Coordinación de la Seguridad Ciudadana. Ɣ Gerente de Juventud y Deportes, Educación y Cultura y Turismo. Ɣ Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional. Ɣ 01 Representante de la Sociedad Civil, propuesto por el CCLD. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma de Actividades del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Distrito de Pueblo Libre para el Año Fiscal 2017: Actividades Fecha Lugar CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES Del 11 de abril al 26 de mayo Gerencia de Participación Vecinal TALLER DE CAPACITACIÓN Jueves 26 de mayo 3:00 PM Salón San Martín, Palacio Municipal TALLER DE IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMAS E IDENTIFICACIÓN DE INICIATIVA Y PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS Jueves 02 de junio 3:00 PM Salón San Martín, Palacio Municipal Actividades Fecha Lugar EVALUACIÓN TÉCNICA Del 02 al 16 de junio Municipalidad de Pueblo Libre EVENTO DISTRITAL DE FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y RENDICIÓN DE CUENTAS Jueves 16 de junio 3:00 PM Salón San Martín, Palacio Municipal Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA y Gerencia de Juventud y Deportes, Educación y Cultura, y Turismo, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del Cronograma aprobado, a la Secretaría General y Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional www.muniplibre.gob.pe, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1375634-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prohíben el comercio y transporte terrestre ambulatorio e informal de combustibles líquidos en forma ilegal en el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA Nº 321/MSJM San Juan de Mirafl ores, 21 de abril del 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Memorándum N° 01199-2016-GM-MDSJM, de fecha 20 de abril del 2016, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se remite el Proyecto de Ordenanza que prohíbe el comercio y transporte terrestre ambulatorio e informal de combustibles líquidos (Diesel, Gasolina, Gas, Licuado de Petróleo, GLP y demás derivados) en forma ilegal en el distrito de San Juan de Mirafl ores, para que sea elevado al Concejo municipal para su evaluación y ratifi cación; CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio N° 382-2016-OS/OR, ingresado como Solicitud N° 8772-16, de fecha 19 de febrero del 2016, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, informa sobre su preocupación por la comercialización informal de hidrocarburos en el distrito, considerando primordial la aprobación de una Ordenanza municipal para la prohibición y erradicación del comercio informal ambulatorio de hidrocarburos, así como la correspondiente tipifi cación de infracciones y sanciones, a fi n de contar con instrumentos para combatir el citado comercio, alcanzando una propuesta de Ordenanza así como un Plan de Actividades Generales para la formalización de dichas actividades; Que, mediante el Memorándum N° 746-2016-GM- MDSJM, de fecha 22 de febrero del 2016, la Gerencia Municipal remite a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, la propuesta remitida para el Informe Técnico correspondiente;