Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2016 (05/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de mayo de 2016 /

El Peruano

Sanmartiniano que sirva de incentivo al cumplimiento puntual de obligaciones tributarias. Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal por unanimidad con dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO AL VECINO PUNTUAL SANMARTINIANO Artículo 1.- Objeto El Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano, tiene la finalidad de reconocer y premiar el pago oportuno del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, el mismo que se realizará el 15 de julio de 2016. Artículo 2.- Participantes Participan en el Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano, las personas naturales (propietarios o poseedores) que hayan cumplido con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2016 (pago trimestral, pago anual o pago mensual) hasta el último día hábil del mes de junio de 2016. Articulo 3.- EXCLUSIONES Se encuentran excluidos de participar en el sorteo: a) El Alcalde del distrito b) Los regidores del Concejo Municipal c) Los funcionarios de la Municipalidad d) Los cónyuges y familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas señaladas en los incisos a), b) y c). Articulo 4.- ENTREGA DE CUPONES El sorteo se realizará a través de cupones diseñados especialmente para ello, los mismos que serán entregados con oportunidad de la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, en el Módulo de Atención al Público dispuesto para dicho fin situado en Av. Alfredo Mendiola N° 179, distrito de San Martín de Porres (Palacio Municipal). El personal a cargo entregará los cupones atendiendo a las siguientes consideraciones: · Un (01) cupón por cada cuota trimestral cancelada de Impuesto Predial 2016. · Un (01) cupón por cada cuota mensual cancelada de Arbitrios Municipales 2016. La entrega y depósito de cupones se realizará hasta el día 30 de junio de 2016 a las 18:00 horas en el palacio municipal, ubicado en Av. Alfredo Mendiola N° 179, distrito de San Martin de Porres. No obstante cabe señalar que esta entidad reconocerá a aquellos contribuyentes, que hayan cancelado de forma anual el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales antes de la fecha del Primer Vencimiento; con la entrega de dos cupones por cada cuota trimestral y cuota mensual. Articulo 5.- PREMIOS Los premios que se otorgarán serán de dos clases: 1) Para los asistentes: · 50 premios sorpresas 2) Premios por cupones: · Cinco (05) Combos de Electrodomésticos, que contendrán los siguiente productos: Refrigeradora ­ Cocina ­ Lavadora ­ Televisor 50" Artículo 6.- REGLAS DEL SORTEO El evento se realizará en acto público, y el sorteo que implique transferencia de propiedad de bienes, será en presencia de un representante de la municipalidad distrital de San Martín de Porres y de un Notario Público que dará

fe del acto que se realiza, y regirá bajo las siguientes reglas. 6.1. Los premios para los asistentes Los premios para los asistentes serán sorteados mediante la elección al azar de los tickets de asistencia, que se otorgarán conjuntamente con las tarjetas de invitación a los contribuyentes participantes en el sorteo. Se requiere como condición para hacerse acreedor a los premios que los participantes se encuentren presentes al momento de la realización del sorteo y entrega de premios. En caso de no encontrarse presente el contribuyente participante, se realizará una nueva elección hasta determinar un ganador que se encuentre presente para la recepción del premio. 6.2. Los premios por cupones Los premios por cupones serán sorteados mediante la elección al azar de los cupones depositados por los participantes en las ánforas dispuestas para tal fin en la sede central. Para su validez los cupones deberán estar llenados correctamente con letra legible en todos los campos solicitados. En caso de no estar presente el ganador, el premio obtenido será custodiado. Artículo 7.- ENTREGA DE PREMIOS Y DIFUSION Los premios serán entregados de forma personal a cada ganador, para lo cual deberán exhibir su documento de identidad y suscribirán las respectivas actas que dejen constancias de la entrega de los premios. Los premios por cupones podrán ser recogidos en el Palacio Municipal dentro del plazo no mayor de quince (15) días calendarios de realizado el sorteo. Transcurrido dicho periodo sin haberse apersonado el ganador a recoger el premio, los bienes se adjudicarán a la municipalidad. Los resultados de cada sorteo permanecerán publicados por el lapso de quince (15) días calendarios en la página web institucional y dicha información también se brindará vía telefónica por la Gerencia de Administración Tributaria. Artículo 8.- DONACION DE LOS ACTIVOS (BIENES ADQUIRIDOS POR LA INSTITUCIÓN) Los Premios a otorgar, adquiridos como Activos por parte de esta entidad edil, serán entregados bajo la modalidad Donación, cumpliendo con las estipulaciones legales respectivas y actos de administración interna, a fin de que su transferencia de dominio sea legal y factible. Artículo 9.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- También podrán acogerse aquellos contribuyentes que hayan cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias 2016 antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Para lo cual deberán presentar sus comprobantes de pago originales. Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, incluso para prorrogar la vigencia de la misma. Tercera.- EXCLUIR de Responsabilidad Civil a la Municipalidad por bienes o servicios defectuosos o daños de cualquier naturaleza al concurrir el interesado a eventos o espectáculos o el uso de servicios o productos de tiendas afiliadas. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información la publicación en la página web de esta corporación municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria así como a la Gerencia de Administración y Finanzas el fiel cumplimiento de la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1376213-1

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