Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2016 (08/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Domingo 8 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

586653

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Convocan a elección de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado "San Isidro" del Distrito de Imperial
ORDENANZA Nº 012-2016-MPC Cañete, 5 de mayo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de mayo de 2016; el Informe Nº 256-2016-GDSyH-MPC de fecha 20 de abril del 2016, de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, señala que es preciso convocar a elecciones municipales en el Centro Poblado San Isidro, distrito de Imperial, provincia de Cañete, el cual debe realizarse conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados Nº 28440, Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 y el Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 011-2007-MPC. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correpondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de las Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de la Carta Magna; Que, el Artículo 132º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el procedimiento para elección de Alcaldes y Regidores de la Municipalidades de Centros Poblados se regula por la ley de la materia; Que, en el primer párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 28440 ­ Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, se establece que el Alcalde Provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad; Que, el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, establece que las autoridades municipales de centros poblados que hayan sido electas bajo la vigencia de la Ley Nº 23853 culminaran su mandato a los cuatro (4) años contados a partir de su designación, de conformidad con la Décima Segunda Disposición Complementaria de la Ley 27972; Que, el primer párrafo del Artículo 4º, del Reglamento para Elecciones, Revocatoria y Vacancia de autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincial de Cañete, aprobado por la Ordenanza Nº 011-2007-MPC de fecha 21 de mayo 2007, establece que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza, convoca a elecciones de autoridades municipales con una anticipación no menor a 120 días naturales al acto electoral; Que, el Sub Gerente de Participación Ciudadana, mediante Informe Nº 076-2016-SGPC-MPC de fecha 04 de abril de 2016, señala que estando próximo el vencimiento del periodo edil de la Alcaldesa del C.P. San Isidro, del

distrito de Imperial, provincia de Cañete, el cual deberá realizarse conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados Nº 28440, Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 y el Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 011-2007-MPC; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº202-2016-GAJ-MPC de fecha 26 de abril de 2016, opina: se convoque a elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado "San Isidro" del distrito de Imperial, para el día 11 de septiembre del 2016; 2) la Ordenanza que convoca a elecciones de autoridades municipales de los centros poblados antes referidos se publique en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el Art. 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; 3) Que, la Sub Gerencia de Participación Ciudadana luego de publicado la Ordenanza correspondiente, elabore el cronograma electoral, respetando los plazos establecidos en el Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete, aprobado con Ordenanza Nº011-2007-MPC; Que, mediante Dictamen Nº 004-2016-CDSyH-MPC de fecha 03 de mayo del 2016, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere, aprobar la Ordenanza Municipal, para que se convoque a Eleciones de Autoridades del Centro Poblado "San Isidro" del distrito de Imperial, con la finalidad de no contravenir lo establecido en el Art. 2º de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados Nº 28440; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo Municipal Provincial de Cañete por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE CONVOCA A ELECCIÓN DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO "SAN ISIDRO" DEL DISTRITO DE IMPERIAL Artículo 1º.- Convóquese a elecciones de Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado "San Isidro", jurisdicción del distrito de Imperial, provincia de Cañete, para el día domingo 11 de septiembre de 2016. Artículo 2º.- Las elecciones se regirán por la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados; Ordenanza Nº 011-2007-MPC que aprueba el Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancias de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, la Ley Nº 26864- Ley de Elecciones Municipales y la Ley Nº 26859- Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable. Artículo 3º.- La Gerencia de Administración y Finanzas dispondrá los recursos que demande la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, elabore el cronograma electoral, respetando los plazos establecidos en el Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete, aprobado con Ordenanza Nº 011-2007-MPC. Artículo 5º.- Disponer a la Gerencia de Secretaria General remita la presente Ordenanza al Jurado Nacional de Elecciones, conforme al Artículo 2º de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados Nº 28440. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General publicar la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMAN Alcalde 1377294-1

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