Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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ANEXO 2

NORMAS LEGALES

Martes 10 de mayo de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad con la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158, el personal que labora en la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada regulada por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, en tanto se implemente la Ley del Servicio Civil; Que, mediante Resolución Ministerial N° 7302014/MINSA, de fecha 26 de setiembre de 2014, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD; y, mediante Resolución de Superintendencia N° 021-2015-SUSALUD/S del 04 de febrero del 2015 publicada el 06 de febrero del 2015, se aprueba el reordenamiento de cargos del CAP Provisional de SUSALUD, instrumento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con el Nº de Orden 078, Código 134112 y Clasificación EC; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 024-2016-SUSALUD/S, se designa a partir del 15 de febrero de 2016 a la economista María Antonieta Nerio Ponce en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud-SUSALUD; Que, la economista María Antonieta Nerio Ponce, ha presentado renuncia irrevocable al cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante carta del Vistos, siendo pertinente aceptar la misma; Que, a efectos de garantizar la buena marcha institucional, y de acuerdo con la evaluación de perfil efectuado por la Oficina General de Gestión de las Personas mediante el Informe N° 00189-2016/OGPER, resulta pertinente encargar las funciones de Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a partir del 07 de mayo de 2016, a la economista CECILIA ELIANA ANGULO CAMPOS, en adición a sus funciones como Especialista en Planeamiento; Con el visto del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Estando a las facultades conferidas por el artículo 9 y los literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4 y 7 del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158, así como a lo dispuesto por los artículos 3 y 6 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia formulada por la economista MARIA ANTONIETA NERIO PONCE, al cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de

INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA "CARTILLA DE REFERENCIA DE VALORES" Primera.- La "Cartilla de Referencia de Valores"1 se utiliza para verificar el valor declarado de la mercancía sujeta a Despacho Simplificado de Importación. Si el precio declarado fuera inferior en más del 10% del valor consignado en la Cartilla, se considera el valor referencial indicado en la Cartilla; caso contrario, se acepta el valor declarado. Segunda.- En el caso que no se encuentren referencias en la Cartilla o cuando la unidad de medida de la mercancía a valorar no sea de fácil conversión a la consignada en la Cartilla, se consideran referencias de otras fuentes, siguiendo el orden de prelación siguiente: El mayor valor que resulte de la comparación entre el valor declarado y el disponible en la Internet para el nivel comercial minorista. En caso de encontrarse dos o más referencias mayores al declarado, se considera la de menor valor. El mayor valor que resulte de la comparación entre el valor declarado y el registrado en las siguientes fuentes para el nivel comercial minorista considerando el siguiente orden de prelación: - Sistema de Verificación de Precios (SIVEP)2 - Catálogos - Listas de precios - Revistas especializadas - Periódicos - Otros En caso de encontrarse dos o más referencias mayores al declarado, se considera la de menor valor. Tercera.- El valor en aduana de bienes usados se determina aplicando una depreciación de hasta el 50% a partir del valor señalado en la Cartilla, o del obtenido según la Segunda instrucción en el estado de nuevo en su fecha de fabricación. A efectos de realizar la depreciación, se identifica el año de fabricación, procediéndose a depreciar linealmente a razón de 10% por año. En caso de no identificarse el año de fabricación, se efectuará una depreciación única del 20%. Cuarta.- El valor de los bienes averiados, dañados o deteriorados, cuyo desperfecto sustancial o daño estructural no menoscabe su funcionamiento o utilización, de determina según el estado en que se encuentren.

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En adelante, la Cartilla. Módulo de consulta de precios de la SUNAT que contiene referencias de precios de importación para la verificación del valor declarado.

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 067-2016-SUSALUD/S Lima, 06 de mayo de 2016 VISTOS: La carta de renuncia presentada por la economista MARIA ANTONIETA NERIO PONCE, de fecha 03 de mayo de 2016; y el Informe N° 00189-2016/OGPER; y,

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