Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2016 (18/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de mayo de 2016 /

El Peruano

en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS Ministro de la Producción 1381501-15

Aprueban la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima, del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 59-2016-ITP/DE Callao, 16 de mayo de 2016 El Acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero de 2015, emitido por el Comité Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial -CITEagroindustrial, los Memorandos N° 255 y 6952016-ITP/CITEagroindustrial, emitidos por el Director del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial, el Memorándum N° 764-2016-ITP/DGTTDC, emitido por la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, los Informes N° 90 y 95 -2016-ITP/OGPP, emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los Informes N° 227y 334-2016-ITP/OGAJ y el Memorando N° 173-2016-ITP/ OGAJ, emitidos por ¡a Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, se modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Asimismo, en virtud de lo dispuesto por el literal d) del articulo 17 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, el ITP tiene como función apoyar y coadyuvar a que los CITE cumplan con sus funciones, metas y objetivos de manera eficiente, eficaz y oportuna; Que, el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 149-2000-ITINCI, dispone la creación del Proyecto "Centro de Innovación Tecnológica Vitivinícola CITEvid", como un proyecto presupuestal del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales (actualmente Ministerio de la Producción), con autonomía técnica, financiera, económica y administrativa, encargado del apoyo tecnológico al sector vitivinícola; con sede en el departamento de lea, pudiendo crear oficinas o Unidades Técnicas en cualquier lugar del territorio nacional, así como suscribir convenios con otras instituciones afines nacionales e internacionales; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo N° 003-2013-PRODUCE, norma que aprueba el Inicio del Proceso de Adscripción de los CITE al Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), modifica la denominación del "CITEvid" por "CITE Agroindustrial", a efecto de ampliar el alcance de las cadenas productivas al que se encuentre asociado; Que, el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228 "Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE", aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que los CITE públicos son órganos desconcentrados del ITP, los mismos que ejercen con autonomía técnica, los objetivos y funciones, en el marco del Decreto Legislativo antes mencionado; Que, el tercer párrafo del artículo 9 del

Decreto Legislativo Nº 1228 y el artículo 19 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, disponen que en cuanto el CITE tenga un alcance territorial de más de un podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva del ITP; Que, por el Acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero de 2015, el Comité Directivo del CITEagromdustrial aprobó ratificar el acuerdo de la creación de las unidades técnicas del CITEagroindusírial: Unidad Técnica de Pisco (Ocas), así como las otras unidades técnicas que se han propuesto: Huaura (Huacho) y La Libertad - Trujillo (Chavimochic); Que, mediante el Memorando N° 255-2016-ITP/ CITEagroindustrial de fecha 3 de marzo de 2016, sustentado en el Informe N° 001-2016-ITP/CITEagromdustrial/ Huacho, el Director del CITEagroindustrial, presenta y sustenta la necesidad de creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima; Que, mediante el Memorándum N° 764-2016-ITP/ DGTTDC de fecha 9 de marzo de 2016, la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, opina favorablemente respecto de la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima; Que, la disponibilidad presupuestal es certificada con el Informe N° 95-2016-ITP/OGPP de fecha 18 de marzo de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante los Informes N° 227 y 334-2016-ITP/ OGAJ, de fecha 23 de marzo y 11 de mayo de 2016, respectivamente; y Memorando N° 173-2016-ITP/OGAJ de fecha 30 de marzo de 2016, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que es jurídicamente viable la creación de la Unidad Técnica Agroinduslrial Huaura Huacho, Región Lima; Que, por los fundamentos expuestos corresponde emitir el acto de administración creando la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima, del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial; Con el visado de la Dirección del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial, la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima, del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial -CITEagroindustrial, la cual tiene como objetivo transferir tecnología y conocimientos al sector agroindustrial de la Región Lima, para innovar y mejorar su competitividad, incrementando la productividad en el sector. Artículo 2.- El CITEagroindustrial, en coordinación con la Oficina General de Administración o la que haga sus veces, definirá la infraestructura y el equipo que será utilizado para la operatividad de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces consignará en el pliego presupuestal del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) los recursos para el funcionamiento permanente de la Unidad Técnica creada. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano " y en el portal

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