Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2016 (22/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

587776 CONVENIOS INTERNACIONALES

NORMAS LEGALES

Domingo 22 de mayo de 2016 /

El Peruano

SEPARATA ESPECIAL
CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del "Convenio Internacional del Cacao, 2010" 587790

Convenio Internacional del Cacao, 2010

587752

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 164-2016-MINCETUR Lima, 19 de mayo de 2016 Visto, el Memorando Nº 317-2016-MINCETUR/ SG/OGPPD y el Informe Nº 174-2016-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR y sus normas modificatorias, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que incluye entre otros, el procedimiento administrativo Nº 14 "Presentación de la Declaración Jurada de inicio de actividades de Agencias de Viajes y Turismo, Establecimiento de Hospedaje o Restaurantes"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 013-2016-MINCETUR, se modificó el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en lo referente a los procedimientos consignados con los Nº 14 al 19. Que, en mérito al Informe del Visto, se plantea la necesidad de cambiar en el formulario para la tramitación

del procedimiento administrativo Nº 14, la cita "F-010 (Anexo 13)", por la de "F-010 (Anexo 1)"; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que toda modificación del TUPA, posterior a su aprobación, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, modificada por el Decreto Supremo Nº 002-2015-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR y normas modificatorias, en lo que refiere al procedimiento Nº 14, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y del Anexo referido en el artículo 1 de la presente Resolución, en el Portal del Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

4.

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