Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2016 (22/05/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

ANEXO

T E X T O Ú N I C O D E P R O C E D I M I E N T O S A D M I N I S T R A T I V O S - T U P A - 2010

UNIDAD ORGÁNICA : DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE DESARROLLO TURÍSTICO CALIFICACIÓN PLAZO PARA INICIO DEL PROCEDIMIENTO RESOLVER RECONSIDERACION COMPETENTE PARA APELACIÓN AUTORIDAD Automático Ev aluación Prev ia RESOLVER (en días hábiles) Positiv o Negativ o Oficina de Trámite Director General de Políticas de Desarrollo Turístico ------- 0 ------------- 0 ------Documentario y Archivo INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE RECURSOS

Nº DE

R EQU ISIT OS (en % UIT) (en S/.)

DERECHO DE TRAMITACIÓN

ORDEN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Formulario /

Número y Denominación

Código /

Ubicación Gratuito Gratuito X

El Peruano / Domingo 22 de mayo de 2016

14 Presentación de la Declaración a) Presentación de la Declaración Jurada de Agencias y Turism o: Jurada de inicio de actividades de Agencias de Viajes y Turismo, 1 Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos Establecimientos de Hospedaje o señalados en el Art. 9º del Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, de acuerdo al Formato aprobado Restaurantes.

F-009

mediante Resolución Viceministerial Nº 026-2006MINCETUR/VMT.

Base Legal:

* Ley 29408 - Ley General de Turismo.

* Decreto Supremo Nº 026-2004-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes y Turismo, (artículos 10º y 11º del Reglamento).

NOTA: ACTUALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA: Ante cualquier modificación de los datos contenidos en la Declaración Jurada, las Agencias de Viajes y Turismo se encuentran obligadas a comunicar, a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, contando a partir de la fecha de ocurrencia, presentando para ello el Formato de Declaración Jurada con los cambios realizados.

NORMAS LEGALES

Gratuito

Gratuito

X

Decreto Supremo Nº 001-2015-MINCETUR, b) Presentación de la Declaración Jurada de que aprueba el Reglamento de Establecim ientos de Hospedaje: Establecimientos de Hospedaje, (artículo 8º 1 Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos F-010 del Reglamento). señalados en el Art. 8º del Reglamento de (Anexo 1) Establecimiento de Hospedajes, de acuerdo al formato * Decreto Supremo Nº 025-2004-MINCETUR, aprueba el Reglamento de Restaurantes aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 024(art 6°) 2015-MINCETUR/VMT. Calle Uno Oeste Nº 050 Urb. Córpac San Isidro - Lima

* Ley Nº 26935 - Ley sobre simplificación de procedimientos para obtener los Registros Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el inicio de actividades de las empresas. Gratuito Gratuito X

Anualmente, deberá presentar la Declaración Jurada, F-010 según formato, evidenciando la condición del (Anexo 1) Establecimiento de Hospedaje y dando cuenta del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos señalados en el Reglamento.

c) Presentación Restaurantes

de

la Declaración

Jurada de

1

Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 7º del Reglamento de Restaurantes, de acuerdo al formato aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 025-2006MINCETUR/VMT.

F-011

NOTA: La Declaración Jurada deberá ser presentada dentro de los 30 días de iniciada la actividad.

(*)

TUPA actualizado de acuerdo al D.S. N° 397-2015-EF publicado el 24.12.2015, que modifica el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2016. Por ello, sólo se ha modificado en la parte correspondiente al Derecho de Tramitación (en% UIT) el porcentaje del valor de la UIT.

587777

1383232-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.