Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2016 (01/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 1 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1448555-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 359-2016-MINCETUR Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Secretarial N° 055-2016-MINCETUR se da por concluida, la encargatura efectuada al señor Miguel Angel Ortiz Ortiz, Sub Director de Tesorería de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración, mediante Resolución Secretarial N° 004-2016-MINCETUR. Que, en tal sentido, es necesario designar a la persona que asumirá el cargo de de Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias. SE RESUELVE: Articulo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora María Trinidad Távara Flores, en el cargo de Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Nivel F-3, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1448375-1

Repúblicas de Perú y de Bolivia, así como la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, en la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016; Que, en el citado evento binacional participarán los Jefes de Estado de ambos países, constituyendo la máxima instancia de diálogo político con el Estado Plurinacional de Bolivia, así como una oportunidad para fortalecer los niveles de integración y cooperación existentes entre ambos países, así como avanzar en la identificación y realización de proyectos en beneficio mutuo; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante Decreto Supremo N° 061-2016-PCM, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, resulta necesario autorizar el viaje de los señores Bernabe Valenzuela Tapia, Raúl Cachay Carpio, Eduardo Israel Guerra Pedraza, Héctor Alexander Vigo Terán, Wilder Cuipal Perea y Miguel Huacho Aranda, miembros del equipo técnico y periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a efectos de que cubran las incidencias informativas referidas a la participación del señor Presidente de la República y de la delegación nacional en el evento citado; Que, el viaje del personal antes señalado cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, en mérito a las consideraciones expuestas en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los trabajadores antes mencionados; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Bernabe Valenzuela Tapia, Raúl Cachay Carpio, Eduardo Israel Guerra Pedraza, Héctor Alexander Vigo Terán, Wilder Cuipal Perea y Miguel Huacho Aranda, miembros del equipo técnico y periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 al 4 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados trabajadores en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, conforme al siguiente detalle: Viáticos (3 días x US$ 370.00) x 6 personas : US$ 6 660.00 -----------------TOTAL : US$ 6 660.00 Artículo 3.- Disponer que los citados trabajadores, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su

CULTURA
Autorizan viaje de miembros del equipo técnico y periodístico del IRTP a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2016-MC Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el 4 de noviembre del 2016 se llevará a cabo el Encuentro Presidencial entre los Jefes de Estado de las

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