Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2016 (07/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

Lunes 7 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Artículo Primero: DISPONER, que será exigible a partir del 01 de octubre del año 2018 la aplicación de la certificación anual sobre gases contaminantes que refiere el artículo 38° de la Ordenanza N° Nº 217-2012/MDSJM, así como la aplicación de las nuevas habilitaciones de vehículos menores por inclusión, incremento y sustitución para la prestación del servicio de transporte especial de pasajeros que se otorgue a las empresas autorizadas a que refiere al artículo 40° de la Ordenanza antes mencionada. Artículo Segundo: DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, el cumplimiento y debida aplicación del presente Decreto de Alcaldía, así como la adecuada difusión del mismo. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación inmediata del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano", en el portal del Estado Peruano www.peru.gob. pe, en el Portal Institucional, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1449959-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el TUO del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza N° 017-2014, respecto de las agencias municipales de la Municipalidad Provincial del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2016 Callao, 25 de octubre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto el Dictamen N° 075-2016-MPC-CMPCSR-COAD de la Comisión Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 señala que las municipalidades gozan de autonomía política y administrativa para los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 incisos 3 y 19, señala que es atribución del Concejo aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento de Gobierno Local y aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM establece los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 017-2014 se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao en el que se encuentran reguladas las Agencias Municipales; Que, mediante Oficio Múltiple N° 045-2015-PCM/ SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros comunica la aprobación del Proyecto Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao para la Mejora de la Atención a la Ciudadanía, del Plan de Incentivos a la Gestión Municipal 2015, donde se incluye un diagnóstico de las agencias municipales; siendo responsabilidad de las instituciones el cumplimiento progresivo de los estándares aprobados mediante Resolución Ministerial N° 186-2015-PCM que aprueba el Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública; Que, es necesario efectuar modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones­ROF y del Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P y de otros instrumentos de gestión a fin de fortalecer a las Agencias Municipales para su óptimo funcionamiento que permitirán otorgarle amplias facilidades a los vecinos de zonas alejadas a la sede institucional, para que cumplan de modo oportuno con sus obligaciones tributarias o administrativas y por ende mantener actualizado el registro de los contribuyentes y sus respectivas cuentas corrientes, dependiendo jerárquicamente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas; Que, la presente Ordenanza Municipal tiene como antecedentes el Informe N° 134-2016-MPC-GGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el Memorando N° 1088 -2016-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización y el Informe N° 059-2016-MPC/ GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización en el que se propone un texto sustitutorio a la propuesta original y el Memorando N° 687-2016-MPC/GGAJC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Conciliación, todos los cuales son favorables a la expedición de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, TEXTO UNICO ORDENADO APROBADO POR ORDENANZA N° 017-2014 RESPECTO DE LAS AGENCIAS MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1.- Modifícase en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Ordenanza Municipal N° 017-2014 el artículo 77, incluyendo un literal y reordenando los literales m, n y o conforme se señala: m. Gestionar bajo los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión y control, los servicios municipales delegados a las agencias municipales, asumiendo su representación dentro del territorio sobre el cual ejercen jurisdicción. n. Organizar y administrar el Sistema de Premiación y Reconocimiento a la Puntualidad del Contribuyente. o. Efectuar otras funciones afines que le asigne la Gerencia Municipal en materia de su competencia. Artículo 2.- Modifícase el siguiente texto: artículo 171, con el

"Artículo 171.- La Municipalidad Provincial del Callao crea órganos desconcentrados que asumen competencias y atribuciones en representación y por delegación, que permitan aproximar a la institución municipal a los sectores más alejados territorialmente, con el fin de atender de modo oportuno y eficaz los requerimientos de servicios municipales. Se constituyen los siguientes órganos desconcentrados, en los siguientes ámbitos de servicios:

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