Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Sábado 12 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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entre enero de 2015 y el 27 de septiembre del presente año. Que, a través del oficio N° 745-2016-MP-FN-ETINCPP/ST, de fecha 04 de octubre de 2016, el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, remite la relación de las denuncias ingresadas en las Fiscalías Provinciales Penales y Mixtas por cada Distrito Fiscal, al 30 de junio de 2016. Que, el Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones que considere pertinentes, a fin de fortalecer la función fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Este, garantizando de tal manera un servicio fiscal eficiente y oportuno. Que, estando a que, a la fecha, la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo, del Distrito Fiscal de Junín, puede afrontar la carga laboral asignada, se hace necesario, que algunas de sus plazas fiscales puedan trasladarse hacia el Distrito Fiscal de Lambayeque, a fin de fortalecer la función fiscal y brindar apoyo a las fiscalías que actualmente tienen una sobrecarga procesal. Asimismo,debe tenerse en cuenta que dichas plazas fiscales deberán ser cubiertas únicamente con fiscales provisionales, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas autorice la transferencia financiera para su implementación con fiscales titulares. En tal sentido, al existir la necesidad de dar solución a la problemática señalada, a efectos de que los casos en trámite sean atendidos en forma oportuna y de tal manera permitir que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia, por necesidad de servicio, resulta indispensable expedir el resolutivo que disponga el traslado hacia el Distrito Fiscal de Lambayeque, de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo, del Distrito Fiscal de Junín; para lo cual debe tenerse presente que todas las plazas señaladas son de carácter permanente y cuentan con el presupuesto respectivo. Además, se pone en conocimiento la carencia de Fiscales Adjuntos Superiores en el Distrito Fiscal de Lambayeque, por lo cual, el Despacho de Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, requiere contar en su estructura orgánica con una plaza adicional de Fiscal Adjunto Superior. De tal manera, como entre las atribuciones de la Fiscalía de la Nación, se encuentran las de convertir, suprimir, trasladar y modificar plazas fiscales de acuerdo a las necesidades del servicio y, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, los Fiscales Provinciales tienen el mismo rango que los Fiscales Adjuntos Superiores, en consecuencia, por necesidad de servicio, se debe expedir el resolutivo correspondiente, disponiendo la conversión de la plaza de Fiscal Provincial que se trasladará, en la de Fiscal Adjunto Superior, para así poder brindar un adecuado servicio fiscal. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Segundo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, del Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Tercero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho

de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, del Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Cuarto.- Convertir la plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, del Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque,del Distrito Fiscal de Lambayeque, señalada en el artículo primero de la presente resolución, en una plaza de igual nivel, esto es, de Fiscal Adjunto Superior, con carácter permanente, asignada al Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Víctor Antonio Meléndez Arrascue, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Cayalti, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4104-2015-MP-FN, de fecha 20 de agosto de 2015. Artículo Sexto.- Nombrar al abogado Víctor Antonio Meléndez Arrascue, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, con retención de su cargo de carrera. Artículo Séptimo.- Nombrar al abogado Aldo Victoriano Paredes Delgado, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo. Artículo Octavo.- Nombrar a la abogada Flor Yanina Díaz Fustamante, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, con reserva de su plaza de origen. Artículo Noveno.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Junín y Lambayeque, conforme a lo establecido en el artículo 77°, literal "g" del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MPFN, de fecha 23 de enero de 2009, dispongan las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Décimo.- Disponer que las plazas fiscales mencionadas en los artículos segundo, tercero y cuarto de la presente resolución, sean cubiertas únicamente con fiscales provisionales, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas autorice la transferencia financiera para su implementación con fiscales titulares. Artículo Décimo Primero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Junín y Lambayeque, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Junín y Lambayeque, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1452882-20 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4653-2016-MP-FN Lima, 11 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito cursado por el señor Marcos Villalta Infante, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Lavado

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