Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de noviembre de 2016 /

El Peruano

- Jóvenes de las Universidades Públicas y Privadas - Organizaciones Juveniles de Poblaciones Vulnerables. - Organizaciones Juveniles de Gremios Laborales - Organizaciones Juveniles de partidos y movimientos políticos legalmente reconocidos - Organizaciones Juveniles de las Iglesias - Jóvenes de Comunidades Campesinas - Jóvenes de Comunidades Nativas - Jóvenes de organizaciones de personas con discapacidad - Jóvenes de organizaciones deportivas Artículo Tercero.- CRÉASE e IMPLEMÉNTESE, en la Región Junín, el registro centralizado de las organizaciones juveniles, el mismo que estará a cargo y responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social ­ Sub Gerencia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades ­ Área de Juventudes Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE, que cada Municipalidad Provincial de la Región Junín, elaboren del Registro de Organizaciones Juveniles de su ámbito jurisdiccional, la misma que estará a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social y/o oficina que haga las veces de esta en sus respectivas municipalidades. Dicho registro deberá ser reportado semestralmente en una Data al Gobierno Regional Junín. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y demás unidades orgánicas competentes implementar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza, debiendo facilitar las convocatorias para el proceso eleccionario de la directiva del Consejo Regional de la juventud, el cual deberá ser renovado cada 02 años. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial "El Peruano" y en el portal web institucional del Gobierno Regional de Junín, de acuerdo a ley. Artículo Séptimo.- DERÓGUESE toda normatividad regional que contravenga la presente ordenanza. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los veinte días del mes de setiembre de año dos mil dieciséis. ELMER PABLO ORIHUELA SOSA Consejero Delegado POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, el día veintidós de setiembre del año dos mil dieciséis. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1452457-1

Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias, y;. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título VI, establece: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el artículo 9 de la Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2) especifica que la economía administrativa, es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades del Estado, deben cumplir con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas instancias de las entidades del Estado pues esto constituye de gestión, cuya elaboración debe realizar sobre la base de criterio de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en calidad de atención al administrado; Que, el articulo 37 y 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; establece que todas las entidades elaboran o gestionan la aprobación y difusión del Reglamento de Organización y Funciones; siendo este del Gobierno Regional de Junín"; asimismo, el numeral 38.1 del ordenamiento jurídico predicho, señala que el Reglamento de Organización y Funciones debe ser aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regional, y el numeral 38.3 se dispone la publicación de la misma; El Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín vigente a la fecha, fue aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-GRJ/ CR y modificado con las Ordenanzas Regionales Nº 014-GRJ/CR, Nº 040-GRJ/CR y Nº 087-2008-GRJ/CR, cuya vigencia han transcurrido varios años, en el que las normas sustantivas relacionadas con las competencias de los Gobiernos Regionales han sufrido cambios o modificaciones, las mismas que tienen implicancias en la Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín. Motivo por el cual, surge la necesidad de modificar el Reglamento de Organización y Funciones, con la finalidad de incorporar, modificar o suprimir funciones en las unidades orgánicas respectivas, así como suprimir o crear unidades orgánicas; En tal sentido, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, está amparada en el Artículo 28º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, que establece los siguientes: "Se requiere la aprobación del ROF entre otros casos, por la modificación del marco legal sustantivo que conlleve una afectación de la estructura orgánica o modifique total o parcial las funciones previstas para la entidad"; Que, el Informe Legal Nº 897-2016-GRJ/ORAJ, suscrito por el Director Regional de Asesoría Jurídica, emitiendo opinión Procedente la Modificación del ROF del Gobierno Regional de Junín, el mismo que ha sido elaborado de acuerdo a los parámetros dispuestos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que "Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública"; Que, el informe Nº 013-2016-GRJ-GGR, suscrito por el Gerente General del Gobierno Regional, señala Procedente la Aprobación de la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Junín, el cual se enmarca dentro de los criterios técnicos del literal c) y e) del artículo 28º del Decreto supremo Nº 043-2006-PCM;

Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Junín
ORDENANZA REGIONAL Nº 248-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada el 21 día del mes de Setiembre de 2016, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley

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