Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de noviembre de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Declaran en situación de alto riesgo la zona afectada por el incendio ocurrido el 18 de octubre de 2016 en la jurisdicción del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2016-MDEA El Agustino, 24 de octubre de 2016 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de El Agustino, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de octubre de 2016. VISTO: El Informe Nº0213-2016-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal respecto a la situación de Alto Riesgo en la Zona Afectada por el incendio ocurrido el 18 de octubre de 2016, en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de El Agustino, y estando a las recomendaciones de las áreas, contando con el Informe Nº265-2016-GAJ/ MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº80-2016-SGRD-MDEA emitido por la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de acuerdo al artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, regulando actividades y/o servicios en materia de salud, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, entre otros, conforme a Ley. Que, de acuerdo al artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, mediante Informe Nº0213-2016-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal, señala que vistos el Informe Nº0265-2016-GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº80-2016-SGRD-MDEA emitido por la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, recomiendan que se declare en Situación de Emergencia la Zona Afectada por el incendio ocurrido el 18 de octubre de 2016, en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de El Agustino, por el lapso de 30 días con el propósito de proteger la vida y la integridad física de los habitantes de las zonas aledañas al siniestro, ocurrido en la Fábrica de Plantillas de Calzado PIONISSAN y el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégico en Salud, ubicados en la Avenida Independencia Nº1861 y Nº1837. Expresando su conformidad la Gerencia Municipal, solicitando la aprobación por el Alcalde y el Consejo Municipal. Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres, señala: "La Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso cuyo fin es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante

situaciones de desastres, considerándose las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental." Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los acuerdos de concejo son decisiones referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9 de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adopto POR MAYORIA lo siguiente: ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Alto Riesgo la Zona Afectada por el incendio ocurrido el 18 de octubre de 2016, por el lapso de 30 días con el propósito de proteger la vida y la integridad física de los habitantes de las zonas aledañas al siniestro, ocurrido en la Fábrica de Plantillas de Calzado PIONISSAN y el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégico en Salud, ubicados en la Avenida Independencia Nº1861 y Nº1837, en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo 2º.- SOLICITAR al Gobierno Central se declare en Emergencia Sanitaria la zona afectada al siniestro, para que la Municipalidad Distrital de El Agustino, conforme a sus atribuciones señaladas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades pueda atender y ayudar a la población; y de ser necesario efectivizar ayuda conforme lo señala el artículo 27º de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Artículo 3º.- SOLICITAR se oficie al Ministerio de Salud, a efectos que se instale Carpas Permanentes para la atención a las personas afectadas que se encuentran en la zona aledaña al incendio, por el lapso de 30 días. Artículo 4º.- SOLICITAR al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a efectos que atienda y asista a los niños, adultos mayores y mujeres que se encuentren en situación de riesgo por causa del incendio. Artículo 5º.- SOLICITAR al INDECI, a efectos que emita informes sobre la disminución del grado de toxicidad y las medidas que se están tomando al respecto. Artículo 6º.- SOLICITAR al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos que brinde el apoyo con las maquinarias necesarias para la remoción de escombros. Artículo 7º.- SOLICITAR al Ministerio de Educación, la reubicación, de ser necesario, de los alumnos afectados por el incendio en Colegios aledaños a la zona y cuando se den las condiciones de salubridad necesarias para su reincorporación a los Colegios de la zona. Artículo 8º.- SOLICITAR al Ministerio del Interior, a fin que preste las medidas de seguridad en las zonas aledañas al incendio. Artículo 9º.- RESPALDAR al Alcalde en todas las Gestiones, necesarias con la finalidad de ayudar a la población vulnerable del siniestro ocurrido en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo 10º.- DISPENSAR del presente acuerdo, del trámite de comisiones y del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo 11º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, y demás órganos de la Municipalidad Distrital de El Agustino, el estricto cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo. Artículo 12º.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino, y el Diario Oficial El Peruano. (www.mdea.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1452141-1

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