Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2016 (15/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de octubre de 2016 /

El Peruano

Designan miembros seleccionados de la Comisión Nacional para la Innovación y Capacitación en el Agro
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0523-2016-MINAGRI Lima, 7 de octubre de 2016 VISTOS: Los Oficios N° 392-2016-INIA-J/DGIA y 470-2016-INIA-J/OAJ, del Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, sobre propuesta para la designación de miembros seleccionados ante la Comisión Nacional para la Innovación y Capacitación en el Agro; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, crea la Comisión Nacional para la Innovación y Capacitación en el Agro, en adelante la Comisión, con el propósito de apoyar las actividades de investigación, innovación, capacitación y transferencia de tecnología en materia agraria en el país; Que, el artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1060, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-AG, señala que la referida Comisión está conformada, como miembros natos por: a) El Ministro de Agricultura o su representante, quien la presidirá; b) el Ministro de la Producción o su representante; c) el Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, que desempeñará el cargo de Secretario Técnico de la Comisión; y, como miembros designados por: d) un representante de las universidades públicas y privadas; e) un representante de la cooperación técnica y económica nacional e internacional; f) dos personas de reconocida experiencia en el área científica, de la investigación; y, provenientes de las actividades públicas, privadas, académicas o de organismos internacionales; y, g) tres representantes de los productores agrarios en distintos ámbitos del sector; señalándose que el caso de este tipo de miembros, la designación es por resolución ministerial del Sector Agricultura, hoy Sector Agricultura y Riego, y tendrá una duración de dos (02) años, pudiendo ser renovado sólo por un periodo adicional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0224-2013AG, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de junio de 2013, el Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) designó a los miembros seleccionados; Que, por los documentos del Visto, el Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, miembro nato y Secretario Técnico de la mencionada Comisión, propone se designe a diferentes profesionales que acredita ante la Comisión Nacional para la Innovación y Capacitación en el Agro, en sustitución de los miembros designados por Resolución Ministerial N° 0224-2013-AG; Que, en consecuencia es necesario designar a los miembros seleccionados por el Instituto Nacional de Innovación Agraria ante la referida Comisión Nacional; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-AG; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas por Resolución Ministerial N° 0224-2013-AG, dándoseles las gracias a los representantes comprendidos en su alcance por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar como miembros seleccionados de la Comisión Nacional para la Innovación y Capacitación en el Agro, creada por el Decreto Legislativo N° 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, a las siguientes personas en representación de las instituciones que a continuación se indica: a) Josefina Takahashi Sato, como representante de las universidades públicas y privadas. b) Karl Ulrich Krammenschneider, como representante de la cooperación técnica y económica nacional e internacional. c) Carlos Alberto Amat y León Chávez y Henry William Vivanco Mackie, de reconocida experiencia en el área científica, de la investigación y de la innovación agraria, provenientes de las actividades públicas, privadas, académicas o de organismos internacionales. d) Miguel Albano Bentín Meseth, José Vicente Vera Vargas y Ada María Achic Encalada, como representantes de los productores agrarios en los distintos ámbitos del sector. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional para la Innovación y Capacitación en el Agro, así como a los representantes designados y a los ex representantes mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1440994-2

Ratifican y designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo denominado Comité de Dirección del Fondo MIPYME
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0525-2016-MINAGRI Lima, 13 de octubre de 2016 VISTA: La Hoja de Ruta del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, sobre designación de los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Grupo de Trabajo denominado Comité de Dirección del Fondo MIPYME, constituido por el Reglamento del Fondo MIPYME, aprobado por el Decreto Supremo N° 060-2015-EF; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 30 de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1223, creó el Fondo para la Micro, pequeña y mediana empresas - Fondo MIPYME, cuyo objetivo es financiar fondos de garantía o afianzamiento para empresas del sistema financiero o mercado de valores, y para participar en el financiamiento de fondos orientados a la adquisición de facturas conformadas y negociables emitidas por las MIPYME a través de empresas del sistema financiero o del mercado de valores, a través de instrumentos de servicios financieros; asimismo, incrementar la productividad de las MIPYME a través de instrumentos para difusión tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas o privadas; establece igualmente que dicho Fondo es administrado en fideicomiso por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, en los términos y condiciones que dispone el Reglamento; Que, mediante el artículo 5 del Reglamento del Fondo MIPYME, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-2015-

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