Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2016 (15/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 15 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
GRUPO C
TOP 25% superior. Monto BDE por persona (S/) 1 500.00 1 500.00

601675

- CONDICIONES DEL GRUPO E: Se agrupan a las IIEE elegibles de acuerdo a la DRE o la que haga sus veces, a la que pertenece. En los casos que el tamaño del subgrupo o estrato sea menor a 5 IIEE elegibles se agrupará con la DRE o la que haga sus veces, de mayor cercanía geográfica." "Artículo 6.- Selección de las instituciones educativas con mejor desempeño La selección de las IIEE consiste en la identificación de aquellas con mejor desempeño y a las cuales se les otorgará el BDE. Se define instituciones educativas con mejor desempeño, aquellas IIEE elegibles que han mostrado mayor índice de desempeño según los indicadores y criterios establecidos en la Guía Metodológica del Anexo del presente Decreto Supremo. En el referido Anexo se detallan también los requisitos que deben cumplir el personal directivo, jerárquico y docente nombrado y/o contratado en las instituciones educativas seleccionadas con mejor desempeño para ser beneficiario del BDE." "Artículo 7.- Determinación del monto del bono Establézcase que el monto del BDE a ser entregado al personal beneficiario, se determina según el cargo y/o grado de enseñanza ejercido de manera efectiva por el personal directivo, jerárquico y/o docente en la institución educativa seleccionada durante el último año previo del otorgamiento del BDE, conforme a la siguiente escala: GRUPO A
TOP 25% superior. Monto BDE por persona (S/) 3 000.00 TOP 25%-35% superior. Monto BDE por persona (S/) 2 000.00 Categoría Personal directivo Personal docente o jerárquico

TOP 25%-35% superior. Monto BDE por persona (S/) 1 000.00 1 000.00

GRUPO D
TOP 10% superior. Monto BDE por persona (S/) 2 500.00 2 000.00 2 000.00 TOP 10%-20% superior. Monto BDE por persona (S/) 2 000.00 1 500.00 1 500.00

Categoría Personal directivo Personal docente o jerárquico Personal directivo sin registro de cargo

GRUPO E
TOP 10% superior. Monto BDE por persona (S/) 2 000.00 1 500.00 1 500.00 TOP 10%-20% superior. Monto BDE por persona (S/) 1 500.00 1 000.00 1 000.00

Categoría Personal directivo Personal docente o jerárquico Personal directivo sin registro de cargo

Categoría Personal directivo Personal docente o jerárquico- grados no evaluados por la ECE (inferiores al(los) grado(s) evaluado(s) por la ECE) Personal docente o jerárquico - grado(s) evaluado(s) por la ECE Personal docente o jerárquico - grados no evaluados por la ECE (superiores al(los) grado(s) evaluado(s) por la ECE) Personal docente o jerárquico sin registro de grado o personal directivo sin registro de cargo

2 500.00

1 667.00

3 000.00

2 000.00

1 500.00

1 000.00

1 500.00

1 000.00

GRUPO B
Categoría Personal directivo Personal docente o jerárquico - grados no evaluados por la ECE (inferiores al(los) grado(s) evaluado(s) por la ECE) Personal docente o jerárquico - grado(s) evaluado(s) por la ECE Personal docente o jerárquico - grados no evaluados por la ECE (superiores al(los) grado(s) evaluado(s) por la ECE) Personal docente o jerárquico sin registro de grado o personal directivo sin registro de cargo TOP 25% superior. Monto BDE por persona (S/) 3 000.00 TOP 25%-35% superior. Monto BDE por persona (S/) 2 000.00

2 500.00

1 667.00

3 000.00

2 000.00

1 500.00

1 000.00

Los montos señalados previamente corresponden al personal beneficiario que hayan ejercido su cargo de manera efectiva por lo menos seis (06) meses continuos o discontinuos en la institución educativa seleccionada durante el último año previo al otorgamiento del BDE, y que ha cumplido con una jornada de trabajo mínima de 30 y 24 horas pedagógicas semanal-mensual para el nivel primaria y secundaria, respectivamente. Para el personal beneficiario con una jornada de trabajo menor a la mencionada, el monto del bono será proporcional al número de horas de su jornada de trabajo, siempre y cuando esta sea igual o mayor al mínimo establecido en la normativa de contratación docente vigente durante el último año previo al otorgamiento del BDE. Todo lo anterior será verificado en el Sistema de Administración y Control de Plazas (NEXUS) o el que haga de sus veces y validado por la Unidad Ejecutora de Educación correspondiente, según procedimiento establecido en la Guía Metodológica. El grado de enseñanza será validado por la Unidad Ejecutora de Educación correspondiente, según procedimiento establecido en la Guía Metodológica. En caso no se pueda identificar el cargo y/o grado de enseñanza del personal beneficiario, le corresponde el monto establecido como `Sin registro de grado o cargo'. Cada beneficiario solo puede recibir un bono anual. En los casos de los beneficiarios que han enseñado en más de un grado y/o han tenido más de un cargo en una o más instituciones educativas en el último año previo al otorgamiento del BDE, el bono que le corresponde será determinado como el monto mayor al que pueda acceder según los montos y criterios establecidos en el presente artículo. Asimismo, si un docente, jerárquico o director ha laborado en más de un nivel de enseñanza en una misma institución educativa seleccionada o en dos instituciones educativas seleccionadas en distintos niveles de enseñanza considerados para el BDE (primaria y secundaria), le corresponde solo un bono, que será determinado como el monto mayor al que pueda acceder según los montos y criterios establecidos en el presente artículo." "Artículo 8.- De los órganos y unidades orgánicas responsables de la selección de las instituciones educativas y el personal beneficiario La Unidad de Financiamiento por Desempeño, dependiente de la Oficina de Planificación Estratégica y

1 500.00

1 000.00

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