Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2016 (15/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de octubre de 2016 /

El Peruano

presente Decreto Supremo, se sujetan a los límites para autorización de compromisos aprobados, en el marco de los numerales 2.2 y 2.3 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 272-2016-EF. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1442006-2

Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 287-2014-EF y modificatoria que aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, y dicta otras disposiciones
DECRETO SUPREMO Nº 284-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, a través del numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, que dicta medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia económica y financiera para estimular la economía nacional, se autorizó al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar, de manera excepcional, un Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) como reconocimiento de la mejora en el aprendizaje de los estudiantes de las instituciones educativas públicas durante el ejercicio anterior, a favor del personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño; asimismo, dicho numeral señaló que, el Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) no tiene carácter remunerativo ni pensionable, no se incorpora a la remuneración del personal, no forma base de cálculo para la asignación o compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas, ni está afecto a cargas sociales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que dispone que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el año fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 28411, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; el citado numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014 estableció que el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE), los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, así como las disposiciones necesarias para su implementación, serán aprobados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, en virtud de lo antes mencionado, mediante Decreto Supremo Nº 287-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 203-2015-EF, se aprobó el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE),

así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, los cuales se detallan en los artículos de dicho Decreto Supremo y en su Anexo denominado "Guía Metodológica para el Otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar"; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza, a partir de su vigencia, al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar el Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE), al que se refiere el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014 y conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 287-2014-EF y su modificatoria; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 0037-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, da cuenta de los resultados obtenidos en el segundo año de implementación del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) y señala que resulta necesario incluir mejoras sobre su diseño e implementación; por lo que solicita se modifique el Decreto Supremo Nº 287-2014-EF y su modificatoria, así como su Anexo denominado "Guía Metodológica para el Otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar"; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Oficio Nº 422-2016-MINEDU/SPE/OPEP-UPP, señala que la implementación del presente Decreto Supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación; Que, mediante los Oficios N°s 01112 y 01268-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita la modificación del Decreto Supremo Nº 2872014-EF y su Anexo denominado "Guía Metodológica para el Otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar", modificado por el Decreto Supremo N° 203-2015-EF, a fin de mejorar el diseño e implementación del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE); Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el Decreto Supremo Nº 287-2014-EF y su Anexo denominado "Guía Metodológica para el Otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar", modificado por el Decreto Supremo N° 203-2015-EF, para mejorar el diseño e implementación del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) durante los años 2017 y siguientes; teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 0022014, que dicta medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia económica y financiera para estimular la economía nacional, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA: Artículo 1.- Modificación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, y 8 del Decreto Supremo N° 287-2014-EF, modificados por el Decreto Supremo N° 203-2015-EF, que aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, y dicta otras disposiciones. Modifíquense los artículos 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del Decreto Supremo Nº 287-2014-EF, modificados por el Decreto Supremo N° 203-2015-EF, que aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE), así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, y dicta otras disposiciones, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera:

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