Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2016 (15/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de octubre de 2016 /

El Peruano

del Instituto Geofísico del Perú un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1442006-9

Autorizan viaje de Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y funcionaria al Reino de Marruecos, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 305-2016-MINAM Lima, 14 de octubre de 2016 Visto; el Memorando N° 629-2016-MINAM/DVMDERN de fecha 11 de octubre de 2016, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; los Memorandos N° 1747-2016-MINAM/SG/OGA/PPTO y 1749-2016-MINAM/SG/OGA, de fechas 12 y 13 de octubre de 2016, respectivamente, de la Oficina General de Administración; el Informe N° 416-2016-MINAM/ SG/OGA de fecha 13 de octubre de 2016, de la Oficina General de Administración, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185 de 10 de mayo de 1993, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la cual tiene como objetivo lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera, señalándose que ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, se asegure que la producción de alimentos no se vea amenazada y se permita el desarrollo económico de manera sostenible; Que, en el año 2014, nuestro país fue sede de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ­ COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kioto ­ CMP10 (COP20/CMP10); durante el año 2015, el Perú ejerció el rol de Presidencia de la COP20/CMP10, con el objetivo de lograr un borrador de los elementos de un acuerdo que pudiera servir como base para la fase final de las negociaciones y allanar el camino hacia la COP21/ CMP11, presidida por la República Francesa; Que, la COP21/CMP11 marcó un hito en las negociaciones multilaterales bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), ya que los países Partes lograron adoptar el "Acuerdo de París". Este acuerdo legalmente vinculante establece el régimen internacional para combatir el cambio climático a partir del año 2020; el cual se aplica a todas las Partes y cuenta con elementos centrales para su funcionamiento;

Que, en el marco del proceso preparatorio del Vigésimo Segundo Período de Sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP22 - Marrakech, noviembre 2016), se llevará a cabo una Pre ­ COP22, en la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos, del 18 al 19 de octubre de 2016; Que, el citado evento servirá de base para realizar la actualización del proceso de entrada en vigor del Acuerdo de París, así como la adquisición, generación y transmisión de conocimientos actualizados sobre el marco climático global, lo que permitirá poder trabajar sobre consensos políticos claves para la viabilidad de la implementación del Acuerdo de París; Que, durante este periodo, que se inició en el año 2013, se ha logrado acumular conocimiento, experiencia, y realizar aportes al proceso de negociaciones, de modo que el Perú tiene un papel preponderante como país en desarrollo, en las discusiones sobre cambio climático en el proceso formal de negociaciones; Que, en tal sentido y como antesala a la Conferencia de las Partes, la presidencia entrante Marroquí de la COP22 convoca a la Reunión Informal Ministerial sobre negociaciones denominada Pre-COP, la cual constituye el último paso previo a la COP22, debido a que en él participarán los más importantes actores en políticas de cambio climático; Que, mediante Memorando N° 629-2016-MINAM/ DVMDERN de fecha 11 de octubre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, remite el Anexo N° 02: Solicitud de autorización de viaje al exterior, de la señorita Rosa Mabel Morales Saravia, Directora General de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos; y del suscrito, con la finalidad de participar en la Pre ­ COP22, a desarrollarse en la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos; Que, estando a que el citado viaje irrogará gasto al Estado, mediante Memorandos N° 1747-2016-MINAM/ SG/OGA/PPTO y 1749-2016-MINAM/SG/OGA, de fechas 12 y 13 de octubre de 2016, respectivamente, el Director de la Oficina General de Administración remite las Planillas de Viáticos y Certificación Presupuestal correspondientes; Que, el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros; Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, autorizándose mediante resolución del titular de la entidad; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, la asistencia y participación del señor Willian Fernando León Morales, Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y de la señorita Rosa Mabel Morales Saravia, Directora General de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos en el mencionado evento, se encuentra subsumida en dicha excepción, por lo que, resulta conveniente autorizar el mencionado viaje con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Ambiente; Con el visado del Director de la Oficina General de Administración y de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Resolución Legislativa N° 26185 que aprueba la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-

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