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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (15/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

601671 NORMAS LEGALES Sábado 15 de octubre de 2016 El Peruano / se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender los requerimientos señalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 003: Ministerio de Cultura, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de VEINTIÚN MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES (S/ 21 158 970,00) a favor del citado pliego, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de VEINTIÚN MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES (S/ 21 158 970,00) a favor del pliego 003: Ministerio de Cultura, destinados a fi nanciar los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 16 072 970,00 GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 5 086 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 21 158 970,00 =========== A LA: En SolesSECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 003 : Ministerio de CulturaUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0132 : Puesta en Valor y Uso Social del Patrimonio Cultural PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 2 526 840,00 GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 2 336 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0140 : Desarrollo y Promoción de las Artes e Industrias Culturales PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 3 170 000,00ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 1 620 001,00 GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 2 750 000,00 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5002004 : Fomento de las Industrias Culturales y Artes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 30 000,00 ACTIVIDAD 5002192 : Preservación del Patrimonio Cultural y Construcción de una Ciudadanía Intercultural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 2 800 000,00 ACTIVIDAD 5002248 : Reconocimiento y la valorización de la diversidad cultural del país FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 5 926 129,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 21 158 970,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo N° 272-2016-EF Los gastos que efectúe el pliego habilitado con cargo a la Transferencia de Partidas autorizada en el