Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2016 (10/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 10 de setiembre de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro, a su solicitud, se hará efectiva mediante Resolución Suprema; Que, el Consejero en el Servicio Diplomático de la República Javier Antonio Cuadros Gallegos no está incurso en lo establecido en el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud, al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Javier Antonio Cuadros Gallegos, a partir del 1 de octubre de 2016. Artículo 2.- Dar las gracias al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Javier Antonio Cuadros Gallegos, por los servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo 1. Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ernesto Moisés Pinto Bazurco Rittler, el 25 de octubre de 2016, por cumplir en la citada fecha los setenta años de edad. Artículo 2. Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ernesto Moisés Pinto Bazurco Rittler, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1427218-8

Pasan a situación de retiro a Consejero en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 197-2016-RE Lima, 8 de setiembre de 2016 VISTA: La solicitud de pase a la situación de retiro presentada por el Consejero en el Servicio Diplomático de la República Javier Antonio Cuadros Gallegos, mediante el mensaje C-Manaos20160230 del Consulado General del Perú en Manaos, República Federativa del Brasil, de 24 de agosto de 2016;

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1427218-9

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
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