Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2016 (26/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 26 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600061

Provinciales Penales de La Molina ­ Cieneguilla presentan excesiva carga procesal en crecimiento. De otro lado, la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, luego de realizada la consulta, señala que las plazas fiscales mencionadas en el segundo párrafo de la presente resolución, pueden ser utilizadas para constituir la nueva fiscalía a crearse. Mediante Resolución N° 3647-2013-MP-FN de fecha 06 de noviembre de 2013, se modificó la denominación de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Mixta de La Molina ­ Cieneguilla, en Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal de La Molina ­ Cieneguilla, respectivamente; y con Resolución N° 1643-2014-MP-FN de fecha 05 de mayo de 2014, la Fiscalía de la Nación amplió la competencia territorial del Distrito Fiscal de Lima Este, incorporando entre otros el distrito de Cieneguilla. Que, la creación del Despacho Fiscal solicitado no irrogará gasto alguno que afecte la partida presupuestaria de la Institución, por cuanto la Presidencia del Distrito Fiscal de Lima Este, brindará el personal fiscal, personal administrativo, infraestructura y equipamiento necesario para su funcionamiento. La Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N°4400, aprobó en Sesión Ordinaria, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, la creación de la Fiscalía Provincial Penal Transitoria de La Molina - Cieneguilla. Que, estando a la necesidad de crear la Fiscalía Provincial Penal Transitoria de La Molina - Cieneguilla para el Distrito Fiscal de Lima Este; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento del Acuerdo N° 4400, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal de Lima Este, la Fiscalía Provincial Penal de La Molina ­ Cieneguilla, con carácter transitorio, la misma que estará conformada por un (01) Fiscal Provincial y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales, plazas que actualmente pertenecen al mencionado Distrito Fiscal, según anexos de dieciséis (16) folios y conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes; la misma que entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo Segundo.- Facultar al señor Fiscal de la Nación, la ubicación de las plazas fiscales en la Fiscalía Provincial Penal Transitoria, creada en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, conforme a lo establecido en el artículo 77, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN, disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Cuarto.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, distribuya la carga procesal de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal de La Molina ­ Cieneguilla, en forma equitativa y proporcional a la Fiscalía Provincial Penal Transitoria de La Molina ­ Cieneguilla, conforme se ha señalado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público, adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de la República, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1433151-1

Autorizan viaje de fiscal superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio a la República Dominicana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4083-2016-MP-FN Lima, 22 de setiembre de 2016 VISTO: El oficio N° 2027-2016-FSNC-FISLAAPD-MP-FN, cursado por el fiscal superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, a través del cual adjunta el Oficio OEA/SMS/CICAD-N33/16 suscrito por la Secretaría de Seguridad Multidimensional (SSM) de la Organización de los Estados Americanos (OEA); CONSIDERANDO: Mediante el oficio de visto, la Secretaría de Seguridad Multidimensional (SSM) convoca a la XLIII Reunión del Grupo de Expertos para el Control de Lavado de Activos (GELAVEX), a realizarse en la ciudad de Punta Cana, República Dominicana, el 28 y 29 de septiembre de 2016. Asimismo, se informa que previo a la referida reunión se realizará, el día 27 de setiembre, la reunión de coordinación entre la Presidencia y Vicepresidencia, los coordinadores de los Subgrupos de trabajo y la Secretaría Técnica. La Secretaría de Seguridad Multidimensional es un departamento que pertenece a la Organización de Estados Americanos (OEA), que promueve la cooperación entre los Estados miembros de la OEA y de estos con el Sistema Interamericano y otras instancias del Sistema Internacional, a fin de evaluar, prevenir, enfrentar y responder a las amenazas a la seguridad. La XLIII Reunión del Grupo de Expertos para el Control de Lavado de Activos tiene como objetivo presentar los productos llevados a cabo en el marco del Plan de Trabajo 2015 - 2016 y aprobar el Plan de Trabajo 2016 - 2017, con base en las líneas de acción definidas en el Plan Estratégico 2015 - 2017. En ese sentido, se estarán presentando los trabajos del Sub Grupo de Trabajo de Cooperación Internacional y Decomiso, y del Sub Grupo de Trabajo de Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Inteligencia. En consecuencia, siendo el Ministerio Público una entidad comprometida en la lucha contra la criminalidad en sus diversas formas, entre ellas el delito de lavado de activos, resulta conveniente para los fines institucionales que asista a esta reunión el señor Rafael Ernesto Vela Barba, fiscal superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, en representación del Ministerio Público. Los gastos que irrogue la participación del fiscal serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 169-2016-MPFN-GG que aprueba la Directiva General N° 005-2016-MPFN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por viáticos y Asignaciones para la realización de Comisiones de Servicios" en el Ministerio Público; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor RAFAEL ERNESTO VELA BARBA, fiscal

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