Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2016 (26/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Lunes 26 de setiembre de 2016 /

El Peruano

jornada laboral, en el marco de lo dispuesto por la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944; asimismo, el numeral 21.3 establece que para la aplicación de lo antes señalado, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Finalmente, el numeral 21.4 del citado artículo, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previa aprobación de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30372, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 326-2016-MINEDU/VMGP/ DIGEBR-DES-CP propone el incremento de dos (02) horas adicionales en la jornada laboral de veintiocho (28) horas, de los profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria para el desarrollo de labores docentes adicionales; asimismo con Informe Nº 0333-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, sustenta y determina el costo para el pago de dos (02) horas adicionales a favor de profesores de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria, correspondientes a los Gobiernos Regionales, para la implementación de la jornada laboral de treinta (30) horas semanales, ello a efectos de asegurar la sostenibilidad durante el año 2016 del financiamiento de dichas horas adicionales; señalando que se ha verificado el cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto estableció el Ministerio de Educación en el marco de la normatividad de la materia; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 524-2016-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para atender lo señalado por la citada Dirección Técnico Normativa de Docentes; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 01203-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, asciende a la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 31 597 037,00) para financiar el pago de dos (02) horas adicionales en la jornada laboral de veintiocho (28) horas semanales, a favor de los profesores de las instituciones educativas de nivel de educación secundaria, en el marco de lo dispuesto por la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 31 597 037,00) a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, a fin de financiar lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 31 597 037,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de dos (02) horas adicionales en la jornada laboral de veintiocho (28) horas semanales a favor de los profesores de las instituciones educativas de nivel de educación secundaria, en el marco de lo dispuesto por la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 31 597 037,00 31 597 037,00 En Soles

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS A LA:

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 31 597 037,00 31 597 037,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se detallan

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