Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 1 de abril de 2017 /

El Peruano

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0001-2017-MINAGRI, de fecha 03 de enero de 2017, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de enero de 2017 se designó (t) al señor Ingeniero Agrícola Jesús Máximo Cumpa Alavedra, en el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque -Zaña, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación (t) del señor Ingeniero Agrícola Jesús Máximo Cumpa Alavedra, en el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Designar (t), a partir de la fecha, al señor Ingeniero Agrícola Marco Antonio Palomino Barba, en el en el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1504467-1

recursos hídricos en las mismas condiciones previstas en la Resolución Jefatural Nº 024-2015-ANA; Que, en el Informe Técnico N° 013-2017-ANADCPRH-ERH-SUB/CAC de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos se opina favorablemente a la prórroga de la reserva de recursos hídricos en las mismas condiciones en las que se otorgaron, ello al no haberse otorgado derecho de uso de agua alguno con cargo a la reserva; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y la Ley N° 30517 que declara de necesidad pública e interés nacional la ejecución del Proyecto Especial Binacional Puyango ­ Tumbes, corresponde se otorgue con eficacia anticipada, la prórroga de la reserva de recursos hídricos; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con el visto de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la reserva de recursos hídricos Prorróguese, con eficacia anticipada al 27 de enero del 2017, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango­Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, el recurso hídrico superficial proveniente del río Tumbes, por un volumen anual de 530 hm3, en el punto de captación Linda Chara, con fines agrícolas, y por el plazo de dos (2) años. Artículo 2.- Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque ­ Zarumilla y la Administración Local de Agua Tumbes son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1504198-1

Prorrogan reserva de recurso hídrico superficial proveniente del río Tumbes con fines agrícolas, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 072-2017-ANA Lima, 30 de marzo de 2017 VISTO: El Oficio N° 0076-2017-MINAGRI-PEBPT-DE/OPPyS del Proyecto Especial Binacional Puyango­Tumbes; y, CONSIDERANDO: Que, según numeral 5 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, el inciso 208.1 del artículo 208 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, establece que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 303-2010-ANA se otorgó por el plazo de dos (2) años, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango ­ Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, reserva de agua proveniente del río Tumbes, por un volumen anual de 530 hm3, en el punto de captación Linda Chara, para fines agrícolas; habiéndose cumplido el plazo de la última prórroga otorgada con Resolución Jefatural Nº 024-2015-ANA, el 26 de enero del 2017; Que, con documento del visto, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial solicita se prorrogue la reserva de

Designan Director de la Dirección de Evaluación de la Dirección General de Gestión del Conocimiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 079-2017-SERFOR-DE Lima, 28 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N° 184-2017-SERFOR/OGA-ORH de fecha 27 de marzo de 2017, de la Oficina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N°

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