Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 1 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 376-2016MEM/DM se designó al señor Percy Manuel Velarde Zapater en el cargo de Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, con efectividad al 01 de abril de 2017, la renuncia formulada por el señor Percy Manuel Velarde Zapater al cargo de Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, con efectividad al 01 de abril de 2017, al señor Norvic Chicchón Ugarte en el cargo de Director General de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1503799-1

INTERIOR
Amplían excepcionalmente el plazo de regularización de licencias de posesión y uso de armas de fuego vencidas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2017-IN Lima, 31 de marzo de 2017 VISTOS; el Oficio Nº 146-2017-SUCAMEC-SN, de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, que acompaña el Informe Legal N° 194-2017-SUCAMEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la SUCAMEC y el Informe N° 958-2017-SUCAMEC-GAMAC de la Gerencia de Armas Municiones y Artículos Conexos de la SUCAMEC; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero de 2015, se publica en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 30299, que regula el uso civil de armas de fuego, municiones, explosivos, productos, pirotécnicos y materiales relacionados. Dicha regulación comprende la autorización, fiscalización, control de la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución, traslado, custodia, almacenamiento, posesión, uso, destino final, capacitación y entrenamiento en el uso de armas, municiones y explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados; así como la reparación y ensamblaje de armas y municiones; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30299, dispone la regularización de las licencias de posesión y uso de armas de fuego vencidas y otorga un plazo de 180 días calendario, a partir de su vigencia, a fin de que sus titulares regularicen su situación a través de la

obtención de la nueva licencia de uso de armas de fuego, así como de las tarjetas de propiedad correspondientes a cada una de las armas en su poder, exonerándose del pago de las multas correspondientes; Que, la indicada Disposición Complementaria Final señala además que el plazo de regularización podrá ser ampliado excepcionalmente mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1809-2016IN se dispuso ampliar excepcionalmente el plazo de regularización de licencias vencidas por un plazo de 90 días calendarios, a partir del 03 de enero de 2017; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 958-2017-SUCAMEC-GAMAC, diversas localidades del país se han visto afectadas gravemente por el desborde de los ríos que ocasionan la generación de huaycos, tal como lo señala el Instituto Nacional de Defensa Civil, Resumen Ejecutivo ­ Temporadas de lluvias diciembre de 2016 a marzo de 2017, habiéndose declarado en Estado de Emergencia las zonas geográficas afectadas; por lo cual la empresa de Servicios Postales del Perú S.A. a través de la Nota de Informativa N° 306-OONC/17, de fecha 13 de marzo de 2017, comunica a la SUCAMEC que no podrá brindar el servicio de mensajería por cuanto los medios de comunicación terrestre se encuentran suspendidos por desastres naturales que vienen ocurriendo a nivel nacional; Que, en ese sentido la Gerencia de Armas Municiones y Artículos Conexos de la SUCAMEC, indica que la situación descrita impide a los administrados que dentro del plazo establecido regularicen las licencias de armas de fuego vencidas, por lo que resulta necesario ampliar excepcionalmente el plazo previsto en la Resolución Ministerial N° 1809-2016-IN, por cuarenta y cinco (45) días calendarios adicionales; Con el visado de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042017-IN; y la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30299. SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliar excepcionalmente el plazo de regularización de licencias de posesión y uso de armas de fuego vencidas, por un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 03 de abril de 2017, a fin de que sus titulares regularicen su situación a través de la obtención de la nueva licencia de uso de armas de fuego, así como de las tarjetas de propiedad correspondientes a cada una de las armas en su poder, exonerándose del pago de las multas respectivas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1504448-1

Autorizan viaje de Gerente General de MIGRACIONES a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2017-IN Lima, 31 de marzo de 2017

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