Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Sábado 1 de abril de 2017 /

El Peruano

Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Rossana Rivera Iberico, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo IV, Categoría F-5, Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 3 de abril de 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1503825-1

Artículo Único. Modificación de los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial N° 434-2016-EF/15. Modifícanse los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial N° 434-2016-EF/15, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Artículo 1.- Amplíase la vigencia hasta el 30 de setiembre de 2017, del Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 458-2002-EF-10 y normas modificatorias." "Artículo 3.- El Reglamento operativo aprobado mediante el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, entrará en vigencia el 01 de octubre de 2017." Regístrese y comuníquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1504335-1

Amplían plazo de vigencia del Reglamento Operativo Fondo de respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 131-2017-EF/15 Lima, 29 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N° 024-2017-EF/65.01 de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, de fecha 22 de marzo de 2017. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 050-2002, se constituyó en el Ministerio de Economía y Finanzas el Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa por US$ 50 000 000.00 (cincuenta millones y 00/100 dólares americanos), cuya administración está a cargo de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, bajo la modalidad de comisión de confianza, para lo cual se suscribió el convenio correspondiente, en el que se estableció los términos y condiciones dentro de los cuales se desarrollará el encargo a COFIDE; Que, mediante Decreto Supremo N° 171-2002-EF, se estableció que el Fondo otorga cobertura a los créditos de exportación de pre embarque otorgados por las empresas del sistema financiero dentro del Programa de Seguros de Crédito a la Exportación para la Pequeña y Mediana Empresa (SEPYMEX), cobertura que fue ampliada a los créditos de exportación post embarque mediante Decreto Supremo N° 100-2012-EF; Que, mediante Decreto Supremo N° 266-2016-EF, se dispuso la ampliación de los beneficios del programa a las pequeñas y medianas empresas exportadoras con ventas anuales hasta US$ 30 000 000.00 (treinta millones y 00/100 dólares americanos) al cierre del ejercicio anterior a la solicitud de crédito; Que, mediante Resolución Ministerial N° 434-2016EF/15, se amplió la vigencia hasta el 31 de marzo de 2017, del Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 458-2002-EF/10 y normas modificatorias; Que, por la naturaleza del servicio que prestará el operador del Programa SEPYMEX para las operaciones de pre y post embarque, se debe continuar con los actos preparatorios para su selección, por lo que resulta necesario ampliar el plazo de vigencia del Reglamento Operativo Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, a través de la modificación de los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial N° 434-2016-EF/15; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 0502002; el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 171-2002-EF y sus modificatorias;

Autorizan viaje de Viceministra de Hacienda a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2017-EF/43 Lima, 29 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta PE-016-17 de fecha 3 de marzo de 2017, la Presidencia Ejecutiva del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) convoca al señor Ministro de Economía y Finanzas, para participar en la XXVII Reunión Ordinaria de Asamblea de Representantes del FLAR, a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, el día 4 de abril de 2017; Que, principales objetivos del FLAR son: i) brindar apoyo a la balanza de pagos de los países miembros, otorgando créditos de corto y largo plazo, con recursos aportados por los bancos centrales; ii) contribuir a la armonización de las políticas cambiarias, monetarias y financieras de los países miembros; y, iii) prestar servicios de administración de las reservas internacionales a los países miembros; Que, el señor Ministro de Economía y Finanzas, informa al FLAR que por razones de agenda de trabajo del Ministerio no podrá participar en la mencionada reunión; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación de la señora Rossana Carla Polastri Clark, Viceministra de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, en la citada reunión, en representación del señor Ministro de Economía y Finanzas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, siendo de interés nacional y del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº

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