Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 13
El Peruano / Sábado 1 de abril de 2017
NORMAS LEGALES
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en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, concordado con la Resolución Ministerial N° 1500-2016-DE/SG de fecha 22 de diciembre de 2016 que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/SG de fecha 06 de noviembre de 2015, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en Curso de Investigación y Prevención de Accidentes Aéreos para Oficiales (OSAT), que se desarrollará en la Academia de Guerra Aérea, ubicada en la ciudad de Quito República del Ecuador del 03 de abril al 03 de mayo de 2017; así como, su salida del país el 02 de abril de 2017 y retorno el 04 de mayo de 2017:
Comandante FAP NSA: O-9600391 Capitán FAP NSA: O-9733404 Capitán FAP FREDDY ROLANDO VALER ENCISO (Titular) DNI: 43505410 JUAN PABLO MORON ITURRARAN (Titular) DNI: 44169932 PERCY ANTONIO PALOMINO (Suplente) SAAVEDRA NSA: O-9726603 DNI: 42744242
Pasajes Aéreos: Lima Quito (República del Ecuador) - Lima US $ 702.06 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 1,404.12 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero Comandante FAP FREDDY ROLANDO VALER ENCISO US $ 4,996.39 / 30 x 28 días x 01 persona = US $ 4.663.30 US $ 4,996.39 / 31 x 03 días x 01 persona = US $ 483.52 Capitán FAP JUAN PABLO MORON ITURRARAN US $ 4,163.66 / 30 x 28 días x 01 persona = US $ US $ 4,163.66 / 31 x 03 días x 01 persona = US $ Total a pagar = US $ 3,886.08 402.93 10,839.95
Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 y en la Resolución Ministerial N° 1500-2016-DE/SG de fecha 22 de diciembre de 2016. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1504456-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2017-EF/43 Lima, 29 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1032017-EF/10 se encargó al señor Jorge Alberto Zapata Gallo, el cargo de Director de Sistema Administrativo IV, Categoría F-5, Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejerza dicha función; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto
Artículo 2.- La participación del Personal Suplente queda supeditada solamente a la imposibilidad de asistir por parte del Personal Titular. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: