Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de abril de 2017 /

El Peruano

VISTOS; la Carta AL: 23/17, de fecha 9 de marzo de 2017, del Consulado General de la República Argentina en Lima­Perú; y, el Oficio N° 135-2017-MIGRACIONES, de fecha 15 de marzo de 2017, de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta AL: 23/17, de fecha 9 de marzo de 2017, el Consulado General de la República Argentina en Lima ­ Perú informa al Superintendente Nacional de Migraciones que en seguimiento a la reunión bilateral celebrada en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, la Dirección Nacional de Migraciones ha propuesto la realización de la "II Reunión de la Comisión Mixta Consultiva del Acuerdo sobre Residencia para Nacionales", para el día 3 de abril de 2017, y que los días 4 al 6 de abril de 2017, se celebrará la Reunión del Foro Especializado Migratorio del MERCOSUR, ambos eventos a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires­ República Argentina; Que, con Oficio N° 135-2017-MIGRACIONES, de fecha 15 de marzo de 2017, el Superintendente Nacional de Migraciones estima oportuno y conveniente designar a la Señora Frieda Roxana Del Águila Tuesta, Gerente General, como representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, a fin que participe en los eventos indicados en el considerando precedente; Que, mediante Informe N° 136-2017-MIGRACIONESAJ, de fecha 22 de marzo de 2017, la Dirección General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje en comisión de servicios, de la Señora Frieda Roxana Del Águila Tuesta, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, para que participe en los eventos antes señalados, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina, del 2 al 6 de abril de 2017, pues dichos eventos permiten el intercambio de conocimientos en materia migratoria y seguridad transnacional, lo cual tiene un efecto multiplicador, de las experiencias técnicas y tácticas adquiridas, frente a los demás colaboradores de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal en los eventos antes indicados, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000199, de fecha 24 de marzo de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la

República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo, el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario Oficial El Peruano; Con el visado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria por Decreto Supremo N° 008-2014-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Señora Frieda Roxana Del Águila Tuesta, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 2 al 6 de abril de 2017, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, y viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Pasajes aéreos Importe Días Pers. US$ 370.00 4 X 1 = US$ 761.38 X 1 = Total US$ US$ 1,480.00 US$ 761.38

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, la servidora a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1504471-1

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