Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 1 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de personal policial a Panamá, en comisión de servicios y misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2017-IN Lima, 31 de marzo de 2017 VISTOS; la Nota EP.PE. N° 00169/16, de fecha 13 de junio de 2016, la Carta de fecha 13 de marzo de 2017 y la Carta de fecha 28 de marzo de 2017, de la Agregaduría de Defensa y Policía de la Embajada de Panamá en el Perú; el Informe N° 87-2017-DIRECFIN-PNP-DIVDEBENDEPADM, de fecha 30 de marzo de 2017, de la Jefatura de la Sección de Resoluciones de Derechos y Beneficios de la División de Economía de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; y, la Hoja de Estudio y Opinión N° 114-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 29 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Nota EP.PE. N°00169/16, de fecha 13 de junio de 2016, Carta de fecha 13 de marzo de 2017 y Carta de fecha 28 de marzo de 2017, el Agregaduría de Defensa y Policía de la Embajada de Panamá en el Perú hace de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que la Policía Nacional de Panamá ofrece cuatro (4) becas a jóvenes cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, a fin que cursen estudios en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional de Panamá "Doctor Justo Arosemena", ubicada en la ciudad de Panamá ­ República de Panamá, del 3 de abril de 2017 al 31 de diciembre de 2020; Que, conforme al Informe N° 15-2017-DIREED PNP/ EO-PNP/SDIACA-SPP, de fecha 3 de marzo de 2017, la Sub Dirección Académica de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1151, Ley del Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú, propone a los Cadetes Wilson Villavicencio Condori, Diego Llerena Peña, David Ronald Huanca Ccuno y José Luis Valencia Rojas, quienes cursan el Segundo Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, para que sean los beneficiarios de las becas señaladas en el considerando precedente; asimismo, propone que un Oficial Superior de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú acompañe a los citados cadetes, para realizar los procedimientos para la convalidación de los procesos pedagógicos, contenidos curriculares, asignaturas, créditos y sistemas de evaluación; Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 114-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 29 de marzo de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, de los Cadetes señalados anteriormente, para que continúen su proceso de formación en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional de Panamá "Doctor Justo Arosemena", ubicada en la ciudad de Panamá­República de Panamá, del 2 de abril de 2017 al 31 de diciembre de 2020, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que podrá contar con personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional; Que, asimismo, de la documentación expuesta en el considerando precedente, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Walter Gregorio Ponce Paucarmayta, propuesto por la Dirección de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, para que realice los procedimientos para la convalidación de los procesos pedagógicos, contenidos curriculares, asignaturas, créditos y sistemas de evaluación, en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional de Panamá "Doctor Justo Arosemena", ubicada

en la ciudad de Panamá­República de Panamá, del 2 al 8 de abril de 2017; Que, es de interés institucional autorizar el viaje al exterior en misión de estudios de los cuatro (4) Cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, por cuanto los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la formación en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional de Panamá "Doctor Justo Arosemena", redunda en beneficio de la Policía Nacional del Perú dentro de su ámbito de competencia; Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 3 de abril de 2017 al 31 de diciembre de 2017, se efectúa con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el pago correspondiente a los años posteriores serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que irrogue la presente autorización de viaje por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, viáticos y compensación extraordinaria por misión de estudios, se efectúa con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del sector Defensa e Interior, los órganos pertinentes de la Policía Nacional del Perú han procedido a realizar el cálculo respectivo del monto de la compensación extraordinaria mensual que le corresponde a los cadetes que participarán en la referida misión de estudios; Que, el numeral 3) del artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, asimismo, el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios y Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1º del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público,

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