Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2017 (06/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 6 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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a los recursos del Fondo Mi RIEGO, se ejecutan hasta su culminación bajo el mecanismo establecido en el Reglamento del "Fondo de Promoción del Riego en la Sierra - MI RIEGO", aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2013-AG, y sus modificatorias. 1506223-2

Designan Jefe de la Agencia Zonal de Canta - Huaral de la Dirección Zonal Lima de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 128-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 31 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997 modificado por la Ley Nº 30048, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL es una unidad ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, la misma que tiene por objetivo promover el desarrollo agrario rural, a través del financiamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario en territorios de menor grado de desarrollo económico; Que, por conveniencia de carácter institucional, es necesario designar al Jefe de la Agencia Zonal de Canta ­ Huaral de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al Ingeniero Agrícola Flavio Modesto Vargas Vásquez en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal de Canta ­ Huaral de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1505849-1

Aprueban Procedimiento de Prevención y Emergencia del Huanglongbing de los Cítricos y/o sus Vectores
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0012-2017-MINAGRI-SENASA-DSV 28 de marzo de 2017 VISTO: El INFORME-0001-2017-MINAGRI-SENASA-DSVSARVF-JNACCHA, de fecha 22 de marzo 2017, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, indica que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, SENASA, podrá declarar los estados de alerta y/o emergencias fito y zoosanitarias ante la inminencia del riesgo de introducción, diseminación o resurgencia, o ante la presencia de plagas o enfermedades en determinada zona geográfica del territorio nacional que represente riesgo para la vida y salud de las personas, los animales y la sanidad vegetal, o para prevenir y limitar otros perjuicios en el territorio nacional; Que, el Huanglongbing (HLB) es la plaga más destructiva que viene afrontando la citricultura a nivel mundial y que desde su ingreso a Brasil en el año 2004, ha tenido una amplia y rápida diseminación en el continente americano. Reportándose en el año 2012 en Argentina y Paraguay y en el año 2015 en Colombia; mientras que su vector (insecto transmisor) Diaphorina citri, se reporta presente en toda la región de Sudamérica excepto Chile y Perú. En el 2013, se ha confirmado la presencia del vector en Guayaquil-Ecuador y en el Departamento deTarija-Bolivia; Que, la bacteria Candidatus Liberibacter spp. causante del Huanglongbing (HLB) y sus vectores (insectos transmisores) Diaphorina citri y Trioza erytreae (Hemiptera: Psyllidae) son plagas cuarentenarias ausentes en el Perú; Que, la Resolución Jefatural Nº 0102-2016-MINAGRISENASA de fecha 21 de mayo de 2016 Declara la Alerta Fitosanitaria en todo el territorio nacional con respecto a la plaga Candidatus Liberibacter spp. causante del Huanglongbing (HLB) y sus vectores (insectos transmisores) Diaphorina citri y Trioza erytreae (Hemiptera: Psyllidae); Que resulta necesario establecer las acciones a implementar ante la eventual detección de focos del HLB y/o de sus vectores en el país; De conformidad con el Título V del Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 1059 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, y con las visaciones de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica, del Director General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y del Director de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Procedimiento de Prevención y Emergencia del Huanglongbing de los Cítricos y/o sus Vectores. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y disponer la publicación del Procedimiento de Prevención y Emergencia del Huanglongbing de los Cítricos y/o sus Vectores, en el Portal del SENASA (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1505510-1

Aprueban el Calendario Regional de Captura Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Puno, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 062-2017-SERFOR-ATFFS-PUNO Puno, 27 de marzo de 2017 VISTO: El Informe Técnico Nº 171-2016-SERFOR-ATFFSPUNO-SEDE-SAN-ROMAN-GIH, el Informe Técnico Nº 003-2017-SERFOR-ATFFS-PUNO-SEDE-SAN-ROMANGIH, y el Informe Técnico Nº 010-2017-SERFOR-ATFFSPUNO-SEDE-SAN-ROMAN-GIH de fecha 27 de marzo de 2017, emitidos por la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Puno; y,

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