Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2017 (06/04/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 11
El Peruano / Jueves 6 de abril de 2017
NORMAS LEGALES
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a los recursos del Fondo Mi RIEGO, se ejecutan hasta su culminación bajo el mecanismo establecido en el Reglamento del "Fondo de Promoción del Riego en la Sierra - MI RIEGO", aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2013-AG, y sus modificatorias. 1506223-2
Designan Jefe de la Agencia Zonal de Canta - Huaral de la Dirección Zonal Lima de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 128-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 31 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997 modificado por la Ley Nº 30048, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL es una unidad ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego MINAGRI, la misma que tiene por objetivo promover el desarrollo agrario rural, a través del financiamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario en territorios de menor grado de desarrollo económico; Que, por conveniencia de carácter institucional, es necesario designar al Jefe de la Agencia Zonal de Canta Huaral de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al Ingeniero Agrícola Flavio Modesto Vargas Vásquez en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal de Canta Huaral de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1505849-1
Aprueban Procedimiento de Prevención y Emergencia del Huanglongbing de los Cítricos y/o sus Vectores
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0012-2017-MINAGRI-SENASA-DSV 28 de marzo de 2017 VISTO: El INFORME-0001-2017-MINAGRI-SENASA-DSVSARVF-JNACCHA, de fecha 22 de marzo 2017, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, indica que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, SENASA, podrá declarar los estados de alerta y/o emergencias fito y zoosanitarias ante la inminencia del riesgo de introducción, diseminación o resurgencia, o ante la presencia de plagas o enfermedades en determinada zona geográfica del territorio nacional que represente riesgo para la vida y salud de las personas, los animales y la sanidad vegetal, o para prevenir y limitar otros perjuicios en el territorio nacional; Que, el Huanglongbing (HLB) es la plaga más destructiva que viene afrontando la citricultura a nivel mundial y que desde su ingreso a Brasil en el año 2004, ha tenido una amplia y rápida diseminación en el continente americano. Reportándose en el año 2012 en Argentina y Paraguay y en el año 2015 en Colombia; mientras que su vector (insecto transmisor) Diaphorina citri, se reporta presente en toda la región de Sudamérica excepto Chile y Perú. En el 2013, se ha confirmado la presencia del vector en Guayaquil-Ecuador y en el Departamento deTarija-Bolivia; Que, la bacteria Candidatus Liberibacter spp. causante del Huanglongbing (HLB) y sus vectores (insectos transmisores) Diaphorina citri y Trioza erytreae (Hemiptera: Psyllidae) son plagas cuarentenarias ausentes en el Perú; Que, la Resolución Jefatural Nº 0102-2016-MINAGRISENASA de fecha 21 de mayo de 2016 Declara la Alerta Fitosanitaria en todo el territorio nacional con respecto a la plaga Candidatus Liberibacter spp. causante del Huanglongbing (HLB) y sus vectores (insectos transmisores) Diaphorina citri y Trioza erytreae (Hemiptera: Psyllidae); Que resulta necesario establecer las acciones a implementar ante la eventual detección de focos del HLB y/o de sus vectores en el país; De conformidad con el Título V del Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 1059 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, y con las visaciones de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica, del Director General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y del Director de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Procedimiento de Prevención y Emergencia del Huanglongbing de los Cítricos y/o sus Vectores. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y disponer la publicación del Procedimiento de Prevención y Emergencia del Huanglongbing de los Cítricos y/o sus Vectores, en el Portal del SENASA (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1505510-1
Aprueban el Calendario Regional de Captura Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Puno, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 062-2017-SERFOR-ATFFS-PUNO Puno, 27 de marzo de 2017 VISTO: El Informe Técnico Nº 171-2016-SERFOR-ATFFSPUNO-SEDE-SAN-ROMAN-GIH, el Informe Técnico Nº 003-2017-SERFOR-ATFFS-PUNO-SEDE-SAN-ROMANGIH, y el Informe Técnico Nº 010-2017-SERFOR-ATFFSPUNO-SEDE-SAN-ROMAN-GIH de fecha 27 de marzo de 2017, emitidos por la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Puno; y,