Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2017 (08/04/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 8 de abril de 2017 El Peruano / del Riesgo de Desastres es el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como minimizar sus efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente, sobre la base de los componentes: Prospectivo, Correctivo y Reactivo que es el conjunto de acciones para evitar y prevenir la conformación del riesgo futuro que podría originarse con el desarrollo de nuevas inversiones y proyectos en el territorio; Que, por su parte, el literal f. del artículo 12° de la Ley del SINAGERD, establece que el CENEPRED debe elaborar los lineamientos para el desarrollo de los instrumentos técnicos que las entidades públicas puedan utilizar para la plani fi cación, organización, ejecución y seguimiento de las acciones de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres, lo que implica adoptar mecanismos que orienten a evitar la generación de nuevos riesgos en la sociedad y reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestión del desarrollo sostenible; Que, conforme lo prescribe el numeral 6.1 del artículo 6° del Decreto Supremo N° 048–2011–PCM, Reglamento de la Ley N° 29664, señala que el CENEPRED tiene como competencia funcional la de asesorar y proponer al ente rector la normatividad que asegure y facilite los procesos técnicos y administrativos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como de reconstrucción; Que, la propuesta de Guía Metodológica para la Formulación de Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres a nivel Cuenca (en adelante PPRRD-Cuenca), es un instrumento técnico normativo que tiene como objetivo disponer de los mecanismos e instrumentos que permita a los integrantes del SINAGERD, la formulación y elaboración de los PPRRD-Cuenca, en concordancia con los lineamientos que regulan los procesos de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, asimismo, la Guía permitirá a los integrantes del SINAGERD efectuar el monitoreo y seguimiento de las acciones que se ejecuten para la Reducción del Riesgo de Desastres en los espacios de Cuenca; Que, al amparo de los fundamentos legales expuestos, la Dirección de Gestión de Procesos del CENEPRED ha propuesto la Guía Metodológica para la Formulación de Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres a nivel Cuenca, con la fi nalidad de que los organismos integrantes del SINAGERD, cuenten con un documento técnico orientador, así como, con un procedimiento uniforme para su formulación; Que, en el marco del Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED aprobado mediante Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, la Dirección de Gestión de Procesos tiene la función de asesorar y proponer las normas, lineamientos técnicos y coordinar la incorporación de la Gestión Prospectiva y Correctiva en los planes de desarrollo, ordenamiento territorial, proyectos de inversión pública y demás instrumentos de plani fi cación, en los tres niveles de gobierno, sectores e instituciones que integran el SINAGERD; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Procesos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y en uso de sus atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104–2012–PCM, y las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema N° 291-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la “Guía Metodológica para la Formulación de Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres a nivel Cuenca (PPRRD-Cuenca)”, que consta de noventa y ocho (98) folios, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2°.- La presente Resolución Jefatural es de aplicación y cumplimiento obligatorio de los integrantes que componen el Sistema Nacional de Gestión del Riesgos de Desastres. Artículo 3°.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano; y en el mismo día, en el Portal Web Institucional (www.cenepred.gob.pe) del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, conjuntamente con la “Guía Metodológica para la Formulación de Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres a nivel Cuenca (PPRRD-Cuenca)”, aprobado en el artículo 1°. Regístrese, comuníquese y publíquese WLADIMIRO GIOVANNINI Y FREIRE Jefe del CENEPRED 1506816-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban desagregacion de recursos y autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley N° 30458 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2017-EF/41 Lima, 7 de abril de 2017CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo fi nancian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009–Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017 que aprueba medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, autoriza la incorporació n de recursos ví a Cré dito Suplementario en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2017, hasta por CUATRO MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 4 400 000 000,00), con cargo a mayores ingresos provenientes de la Fuente de Financiamiento 1–Recursos Ordinarios, que incluye, según el Anexo 3 “Crédito Suplementario a favor del MEF para el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, la habilitación de recursos al pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas por el monto de UN MIL TRESCIENTOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 310 375 987,00); Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del citado dispositivo legal dispone que los recursos autorizados en el Anexo 3 mencionado en el considerando precedente, se incorporan en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, a fi n que sean transferidos al “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, creado por el artículo 4 de la Ley N° 30458, para los fi nes de dicho Fondo, bajo el mecanismo establecido en el segundo párrafo del numeral 7.4 del artículo 7 del citado Decreto de Urgencia; Que, además, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2017 establece que los Titulares de los pliegos habilitados en el referido Cré dito Suplementario aprueban, mediante resolució n, la desagregació n de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del referido Decreto de Urgencia, a nivel programá tico; Que, el segundo párrafo del numeral 7.4 del artículo 7 del mencionado Decreto de Urgencia establece que el pliego 009–Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias fi nancieras a favor del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, aprobando dicha transferencia mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano;