Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2017 (08/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de abril de 2017 /

El Peruano

definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme al artículo 51 de la referida Ley, las instituciones universitarias, así como los institutos, escuelas y otros centros que imparten Educación Superior pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica; Que, la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Publica de sus Docentes, publicada el 2 de noviembre de 2016, regula a los institutos y escuelas de Educación Superior públicos y privados, nacionales y extranjeros, que forman parte de la etapa de Educación Superior, con excepción de las escuelas e institutos superiores de formación artística; así como a la carrera pública de los docentes que prestan servicios en los institutos y escuelas de Educación Superior públicos, cuyo reglamento debe ser presentado por el Poder Ejecutivo conforme la Décimo Segunda Disposición Complementaria Final; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS se aprobó el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General", cuyo artículo 14 señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio; Que, el artículo 13° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que en el ejercicio de la potestad reglamentaria del Presidente de la República, "los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la ley"; Que, mediante Informe Nº 038-2017-MINEDU/VMGPDIGESUTPA, la Dirección General de Educación TécnicoProductiva y Superior Tecnológica y Artística, sustenta la necesidad de publicar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Exposición de Motivos, a fin de recibir las sugerencias y alcances de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general, por un plazo de doce (12) días calendario; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de "Reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y la Carrera Pública de sus Docentes" y de su Exposición de Motivos, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe). Artículo 2.- Establecer el plazo de doce (12) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir las sugerencias y aportes de las entidades públicas y privadas y ciudadanía en general. Artículo 3.- Las sugerencias y aportes podrán ser presentadas a través del siguiente enlace http://www. minedu.gob.pe/ley-de-institutos del portal institucional, específicamente en el apartado "Contribuye en la construcción del reglamento". Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior

Tecnológica y Artística, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y alcances que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1507353-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Coordinador de la Sub Unidad de Financiera de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 115-2017-MIMP Lima, 7 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 423-2014MIMP, entre otras acciones, se designó a la señora Magali Patricia Córdova Tapia en el cargo de Coordinadora de la Sub Unidad de Financiera de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que la reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP; y, en la Resolución Ministerial 134-2015-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora MAGALI PATRICIA CÓRDOVA TAPIA al cargo de Coordinadora de la Sub Unidad de Financiera de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor GUILLERMO ANTENOR BENAVIDES PÉREZ en el cargo de Coordinador de la Sub Unidad de Financiera de la Unidad de Administración del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1507344-1

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