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74 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de abril de 2017 / El Peruano Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 07 de marzo de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Rocio Yessenia Rivera Navarro postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Rocio Yessenia Rivera Navarro con matrícula Nº N-4534 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1512344-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1541-2017 Lima, 17 de abril de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por el señor Alberto Leonel Dávila Rejas para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 07 de marzo de 2017, cali fi co y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Alberto Leonel Dávila Rejas, postulante a Corredor de Seguros de Personas – persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación;Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013. RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Alberto Leonel Dávila Rejas, con matrícula número N-4542, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1512342-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de Oficina Especial ubicada en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 1539-2017 Lima, 17 de abril de 2017EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. para que se le autorice la apertura de una O fi cina Especial Temporal en la “Plaza de Armas de la ciudad de Cusco” para el día 07 de abril de 2017, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cusco; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Ofi cina Especial Temporal solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”, y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. la apertura de una O fi cina Especial Temporal el 07 de abril del 2017 en la “Plaza de Armas de la ciudad de Cusco”, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, en vías de regularizacion. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas 1512408-1