Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2017 (26/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 26 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 2. De autos se verifica que el regidor Jacinto Eliodoro Tacas Marquina no asistió a las sesiones ordinarias de fechas 15 y 28 de octubre, 12 y 27 de noviembre de 2016. Es así que, en la Sesión Extraordinaria de Concejo N° 09-2017, del 28 de enero de 2017, el concejo distrital declaró su vacancia debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Esta decisión se notificó a la autoridad afectada el 6 de febrero de 2017 (fojas 27). 3. Asimismo, a través de la Resolución de Alcaldía N° 015-2017-MDQ/A, del 1 de marzo de 2017 (fojas 2 y 3), se declara consentido dicho acuerdo debido a que el mencionado regidor no interpuso "recurso de reconsideración o de apelación contra el acuerdo que declara su vacancia en el cargo, dentro del plazo de 15 días hábiles de notificado que venciera el 27 de febrero del 2017". 4. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Amanda Liliana Huachua Yarasca, identificada con DNI N° 70295520, candidata no proclamada del Movimiento Regional Independiente Trabajando para Todos, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Querco, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica. 5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 24 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Jacinto Eliodoro Tacas Marquina como regidor del Concejo Distrital de Querco, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Amanda Liliana Huachua Yarasca, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 70295520, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Querco, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1512984-7

VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Nilo Antonio Villacrez Chuquizuta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, debido a que se declaró la vacancia de la regidora Marleny Vela Cachay, por la causal de inasistencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Oficio N° 175-2016.MDLV/A, presentado ante este Tribunal Electoral el 4 de enero de 2017, Nilo Antonio Villacrez Chuquizuta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, puso en conocimiento que en la sesión extraordinaria de concejo realizada el 2 de noviembre de 2016 se declaró la vacancia de la regidora Marleny Vela Cachay por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), debido a que no asistió a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, (fojas 1). CONSIDERANDOS 1. El artículo 23 de la LOM señala que la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en la norma antes citada, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 2. De la revisión de los actuados, se verifica que la autoridad afectada no asistió a las sesiones ordinarias de concejo de fechas 24 de agosto, 7 y 14 de setiembre de 2016, (fojas 8 a 15). En atención a ello, en sesión extraordinaria de concejo llevada a cabo el 2 de noviembre de 2016, se declaró la vacancia de la regidora Marleny Vela Cachay, debido a que incurrió en la causal de inasistencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7 de la LOM, (fojas 17 a 21). 3. Mediante Resolución N° 0058-2017-JNE, de fecha 2 de febrero de 2017, este Tribunal Electoral declaró nulo el acto de notificación del Acuerdo de Concejo N° 012-2016-MDLV/A, efectuado a la regidora vacada; por ello, se requirió al alcalde que renueve dicho acto procedimental, conforme a las formalidades previstas en el artículo 21 y siguientes de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 4. Es así que en cumplimiento del mandato efectuado, mediante Oficio N° 0058-2017-MDLV/A, presentado el 31 de marzo de 2017, (fojas 39), la máxima autoridad edil remite los actuados de la notificación correspondiente (fojas 44 a 46), así como también la constancia declarando consentido el aludido acuerdo de concejo por no haberse presentado ningún recurso de apelación en su contra, (fojas 43). 5. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Gerardo Valqui Mendoza identificado con DNI N° 42240509, candidato no proclamado del Movimiento Regional Obras por Amazonas, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, de acuerdo con el acta de proclamación de resultados de fecha 24 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, con motivo de las elecciones municipales realizadas en el año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marleny Vela Cachay, regidora del Concejo

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN N° 0144-2017-JNE Expediente N° J-2017-00004-C01 LUYA VIEJO - LUYA - AMAZONAS CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, cuatro de abril de dos mil diecisiete

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